México.- La Ley General de Aguas contiene definiciones contrarios al artículo 4º constitucional y a tratados internacionales en materia de derechos humanos y que ponen en riesgo a la sociedad y a la naturaleza.
Así lo asegura la Unión de Científicos Comprometidos con la Sociedad en un documento dirigido al Congreso de la Unión y a la sociedad en general.
De manera breve los más de 6,200 firmantes señalan algunos de los graves problemas que contiene la iniciativa formulada por la Comisión Nacional del Agua (Conagua) promovida por los priistas Kamel Athié Flores y José Antonio Rojo García de Alba; el panista Sergio Augusto Chan Lugo así como el perredista Gerardo Gaudiano Rovirosa.
El amplio grupo exige un debate público con especialistas y sociedad para asegurar que la ley beneficie a la sociedad con una visión de uso y manejo del agua para el futuro inmediato y de largo plazo.
Entre los graves problemas destacan la privatización del agua al considerarla principalmente un bien económico y no un bien cultural y social. ?Lo anterior habrá de potenciar la desigualdad social en el acceso al agua por el aumento de tarifas y compromete la disponibilidad de esta para el funcionamiento e integridad de los ecosistemas, así como para el uso humano en esta las generaciones futuras?, destacan.
Trasladar el agua de una cuenca a otra es insustentable y afecta en el mediano y largo plazo al ambiente. Y también provoca el desplazamiento forzoso. Es decir, además de los problemas de seguridad, las poblaciones deberán abandonar sus comunidades y trasladarse a los cinturones de miseria de grandes ciudades.
Tampoco se promueve en ningún apartado el tratamiento y reuso del agua, alternativa LÓGICA a los problemas de escasez y disponibilidad de agua.
En lugar de señalar que la contaminación supone agregar cualquier sustancia física, química, biológica u otra, la iniciativa remite a un listado de contaminantes que constantemente estará desactualizado.
La iniciativa restringe de forma preocupante la posibilidad de que los académicos y la sociedad civil puedan emprender estudios sobre el agua en general. Esto atenta contra la libertad de investigación, la producción de conocimiento así como el derecho a la información.
?El Artículo 267 (Fracción XXVI) faculta a la Conagua a sancionar hasta con 50 000 días de salario mínimo a todo aquel que realice estudios, monitoreo y remediación de las aguas como bienes nacionales sin contar con un permiso expedido por ellos. Esto implica que ningún universitario o persona podrá generar conocimiento alternativo al oficial sin su consentimiento?.