México, 26 Jun (Notimex).- El SAT informó que del 26 de junio al 31 de agosto, amplía de 75 a 300 dólares la franquicia para los pasajeros de nacionalidad mexicana que lleguen al país por vía terrestre, igualándola con la que aplica a quienes lo hacen vía marítima o aérea.Los pasajeros que desde la franja o región fronteriza se internen al país, pueden importar, al amparo de su franquicia, mercancía hasta por 300 dólares o su equivalente en moneda nacional.El Servicio de Administración Tributaria (SAT) explicó que el incremento en la franquicia se homologó entre la Administración General de Aduanas y el Instituto Nacional de Migración, en atención al exhorto hecho por la Cámara de Diputados.Para acreditar el valor de las mercancías que forman parte de su franquicia, los pasajeros pueden presentar factura, comprobante de venta o algún documento que exprese su valor comercial.Aclaró que las franquicias de los integrantes de una misma familia pueden acumularse, si arriban a territorio nacional en forma simultánea y en el mismo medio de transporte.Cuando la franquicia se rebase, pero no por más de tres mil dólares, deberá llenarse el formulario Pago de Contribuciones al Comercio Exterior, calculando 15 por ciento del valor de las mercancías, que será el impuesto a pagar.El SAT recordó además que los pasajeros que realizaron trámite para la importación temporal de su vehículo a territorio nacional, deberán cancelarlo cuando regresen al extranjero.También, que la falta de declaración cuando se trasladen más de diez mil dólares americanos o su equivalente en otras monedas, en efectivo y/o documentos por cobrar, constituye una infracción en términos de las disposiciones aduaneras.