¿Los animales tienen derechos? La naturaleza jurídica de los animales en nuestro sistema ha sufrido cambios importantes. De ser un semoviente, es decir, un bien mueble sujeto de apropiación, capaz de moverse y trasladarse por sí mismo, ha pasado a ser un ente vivo objeto de protección expresa por parte de la ley.
El Distrito Federal se ha caracterizado por ser una ciudad innovadora en la regulación de diversos temas, entre ellos se encuentra la relativa a los animales. En ese sentido, en el 2002 se publicó la Ley de Protección de los Animales del Distrito Federal, cuyo objeto es proteger a los animales, garantizar su bienestar, brindarles atención, buen trato y manutención.
De acuerdo con el artículo 4º de la Ley de Protección de los Animales del Distrito Federal, un animal es un ser orgánico, no humano, vivo, sensible, que posee movilidad propia y capacidad de respuesta a los estímulos del medio ambiente. Como ser dotado de vida, tiene derecho a un trato digno por parte de toda persona, empresa o corporación, de manera que actos de maltrato o crueldad están no sólo prohibidos, sino tipificados por nuestro código penal local en los artículos 350 bis y 350 ter.
Causar la muerte a un animal, utilizando cualquier medio que prolongue la agonía o sufrimiento; mutilarlo, alterar su integridad física o modificar sus instintos naturales sin causa justificada y de manera no autorizada, son tan sólo algunos de los ejemplos de conductas en que puede incurrir cualquier poseedor, propietarios o transeúnte de nuestra ciudad.
Además, entre otras cosas, está también prohibida la venta y explotación de animales en la vía pública y en vehículos en tiendas departamentales, tiendas de autoservicio y, en general, en cualquier otro establecimiento cuyo giro comercial autorizado sea diferente; celebrar espectáculos con animales en la vía pública; la celebración de peleas entre animales; entre otras.
Todas estas prohibiciones, junto con las obligaciones que todos tenemos con respecto a los animales, nos permiten concluir que estos seres vivos han dejado de ser considerados como meros bienes objeto de apropiación, para convertirse en objeto de protección jurídica. Los seres humanos hemos no sólo descuidado, sino maltratado a los seres vivos que nos rodean, sobre todo a aquellos que requieren de nuestros cuidados para su subsistencia.
Los animales no tienen derechos, pues al hablar de derechos, hablamos de facultades cuyos titulares deben contar con la facultad de discernir, de ser seres libres, dotados de razón; sin embargo, parece contradictorio que en muchos casos somos las propias personas quienes nos comportamos de manera más irracional e inhumana, sobre todo, hacia otros seres vivos. Todo ser humano debe comportarse hacia otros seres vivos, de manera respetuosa de su integridad.