Con 97 votos a favor, 8 en contra y 2 abstenciones (que verdaderamente en nada beneficia cuando se hacen este tipo de omisiones, ya que lo jurídicamente válido es el votar en contra o a favor lisa y llanamente) fue aprobado el llamado "sistema nacional anticorrupción" o ley anticorrupción, o reforma constitucional anticorrupción, como usted le guste llamar mi querido lector realmente viene saliendo lo mismo.
Recuerdo muy bien que el día en que fuera aprobado por el Senado de la República este "sistema", que fue el pasado 21 de Abril, me encontraba presentando mi humilde obra pasadas las 17 horas, El Sistema Presidencial Mexicano. ¿Realmente la Dictadura Perfecta? en unión de mis comentaristas, destacando a mi querido jefe y amigo Don Federico Arreola, en el Auditorio Octavio Paz del Recinto.
Siendo honestos jurídica, mediática y moralmente, al dar un análisis breve, se echa de ver que este "sistema" ni trae nada de novedoso, ni va sobre los "peces gordos" como bien me lo hizo saber mi querida Doctora Denise Dresser Guerra, en virtud de que de manera exclusiva se dedicará a ir sobre los que llamamos aquí en México como "chivos expiatorios", práctica ya muy común en nuestro país.
¿Para qué hacernos tontos mi querido lector? Con el respeto que todos ustedes siempre me han merecido, ¿para qué necesitamos un "sistema anticorrupción" donde las funciones ya son realizadas por la propia Secretaría de la Función Pública, y en un momento dado por la Auditoría Superior de la Federación, que constitucionalmente tiene bien delimitadas sus atribuciones?
Este "sistema" no tocará "peces gordos" únicamente "charales" como bien me lo dijo la Doctora Dresser el día de ayer por medio de un tweet que lanzó a su servidor, y ¡qué razón tiene!, usted discúlpeme de nueva cuenta mi querido lector y colegas, pero este "sistema" además de que será otra letra muerta más, de las tantas que abundan, no tocarán al Presidente de la República, ni mucho menos está a discusión el fuero del mismo y de los que gozan y disfrutan.
Dentro de los "puntos importantes" de este "sistema" se destacan la extinción de dominio por "actos de enriquecimiento ilícito", que dicho sea de paso ya está legislado; se reiteran las funciones constitucionales de la ASF; a los particulares mortales SÍ se les sancionará por "vinculación en actos de corrupción", también legislado; pero sobre todo la falacia, como pasa tanto con los nombramientos de Procurador General de la República y Ministros, el nombramiento del Secretario de la Función Pública deberá "ser ratificado" por el Senado a propuesta del Ejecutivo, que viene a resultar lo mismo también.
Como lo nota mi querido lector con este "sistema" no se avanza en absolutamente nada, y además, lo que se encuentra en el mismo, en las reformas, insisto, ya se encuentra debidamente legislado y desde hace mucho tiempo; pero sí es menester destacar la ineficiencia absoluta del nombramiento del Secretario de la Función Pública en la forma ahora propuesta.
Si realmente quisieran nuestros legisladores estar en aras de "erradicar" la corrupción que prevalece en nuestro país, comenzando por el Gobierno mismo, lo que debe hacerse es hacer valer la legislación que ya se encuentra vigente y desde hace mucho tiempo; retirar el fuero constitucional a todos los que gozan del mismo, sin excepción alguna; muy mal por el legislativo, esperamos que esta "carta de buenas intenciones" ya establecida como lo mencioné mejor la hagan valer frente a las autoridades en absolutamente todos los niveles, aunque para ser sincero, lo dudo.