Con el fin de que los ciudadanos y ciudadanas de la capital de la República Mexicana ejerzan su derecho a participar en los asuntos públicos del país y de la Ciudad, y de fomentar el acercamiento de la ciudadanía con nuestras autoridades en los diferentes ámbitos de la administración pública local, se han establecido diferentes mecanismos, normados por la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, como son: plebiscito, referéndum, iniciativa popular, consulta ciudadana, entre otros.

“La consulta ciudadana es el instrumento mediante el cual el Jefe de Gobierno, los Jefes Delegacionales, las asambleas ciudadanas, los Comités Ciudadanos, la Autoridad Tradicional en coordinación con el Consejo del pueblo y los Consejos Ciudadanos, por sí o en colaboración, someten a consideración de la ciudadanía, por medio de preguntas directas, foros o algún otro instrumento de consulta, cualquier tema que tenga impacto trascendental en los distintos ámbitos temáticos y territoriales en el Distrito Federal”, según lo señalado en el artículo 47 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal.

En la consulta ciudadana sobre presupuesto participativo, los ciudadanos debemos inscribir proyectos específicos en los rubros que mejoren las condiciones de vida de nuestros pueblos, barrios, colonias, y que sean innovadores, en beneficio de todos los vecinos y vecinas y no de unos cuantos.

Del presupuesto que recibe cada Delegación, el tres por ciento del mismo está destinado al Presupuesto Participativo, conforme a lo señalado en el artículo 83 de la Ley de Participación Ciudadana, y se distribuye de igual manera entre todas las colonias y pueblos que conforman la Delegación, es decir, las delegaciones son las encargadas de ejercer el dinero del presupuesto que le toca a cada colonia.

El presupuesto participativo se aplica en diferentes rubros, a saber: obras y servicios, equipamiento, infraestructura urbana y prevención del delito, además de los que estén en beneficio de actividades recreativas, deportivas y culturales de las colonias o pueblos del Distrito Federal.

Por lo anterior, y con el propósito de hacer que las autoridades administrativas locales competentes, asignen el presupuesto participativo conforme a la Ley en la materia y en beneficio de los ciudadanos y ciudadanas de esta metrópoli, el sentido de mi voto en las diferentes resoluciones ha sido el mismo: “No se pueden convertir recursos públicos en privados”.

Un bien es privado si su consumo priva a otras personas de dicho beneficio, y en cambio, los bienes públicos son aquellos en los que el consumo de cada persona no evita que las demás también lo hagan.

El destino del presupuesto participativo debe ser analizado desde: 1) la naturaleza de los recursos públicos, ya que no pueden ser destinados a la adquisición de bienes que pasen a formar parte del patrimonio de particulares y) en cuanto a su fin último, es decir, analizar hacia donde se van a dirigir o a utilizar esos recursos, toda vez que su utilización debe beneficiar a un colectivo y no solo a unos cuantos ciudadanos.

Por ello, hago un atento llamado a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para que regule el principio del bienestar general sobre el particular en la asignación y aplicación de estos recursos, en aras de avanzar en el fortalecimiento del Estado de Derecho y de la democracia participativa.

Flor de loto: Nos toca a nosotros construir una nueva visión de la realidad social.

Twitter: @drarmandohdz