Fue más el peso del condicionamiento lanzado por la líder demócrata estadounidense Nancy Pelosi para que se reformara la Ley Federal del Trabajo que la voluntad de autoridades y legisladores que durante años se negaron a dar certidumbre a las relaciones laborales en el país.

La aprobación del documento normativo no alcanza a resolver la deuda histórica con los trabajadores, pero al menos abre un cauce que fue negado por años en materia de impartición de justicia, así como de libertad y democracia sindical, pero no perdamos de vista que sobre todo cumple, al pie de la letra, con el tratado comercial acordado con Estados Unidos y Canadá, bautizado por el gobierno como T-MEC.

En 2017 ya se había aprobado la reforma constitucional del artículo 123 y lo que ahora se busca poner en operación es la ley secundaria de esos cambios que, en esencia, son netamente neoliberales y refuerzan el carácter global de las relaciones económicas.

Para el interés de la sociedad mexicana, se plantea la posibilidad real de acercar a los llamados factores de la producción (trabajadores y patrones) en un entorno de justicia. Será el Poder Judicial y no las Juntas de Conciliación y Arbitraje las que diriman las controversias laborales.

Con ello se pretende dejar de lado el contubernio de la relación tripartita (gobierno, empresarios y líderes sindicales) que podían alargar por años, y casi siempre en perjuicio de los trabajadores, las controversias con la intención de dejar en el desamparo a innumerables familias.

Es innegable el histórico rezago de procesos, la corrupción, el dolo y la mala fe de los órganos de Conciliación y Arbitraje en todo el país que deciden mayoritariamente en favor de empresas o gobiernos.

Por lo que se refiere a la organización de los trabajadores, esta Ley en proceso de aprobación establece la creación de un organismo de carácter autónomo que se encargará de analizar y validar la formación de los sindicatos, lo que abre la oportunidad de decidir mediante votos libres y secretos con quién y para qué se afilian en alguna organización determinada.

Más aún, esa instancia también será la responsable de hacer que se cumplan los contratos colectivos. Los sindicatos, pero especialmente sus líderes, tendrán que demostrar que cuentan con legitimidad y representatividad suficientes para emplazar a huelga, firmar contratos colectivos o promover cambios contractuales en términos extraordinarios.

Se abren cauces para que los sindicatos rindan cuentas y se frene la tendencia de los liderazgos vitalicios.

Si. La incredulidad, la duda del alcance y el cumplimiento efectivo de la norma pueden parecer exagerados, pero son consecuencia de una larga historia de irregularidades que, no necesariamente, se modifican por acto de magia o por cambios normativos. Los hechos tienen la última palabra.

Tendremos que comprobar en el tiempo, y mientras más pronto mejor, si al menos los asuntos descritos se resuelven conforme a lo estipulado. Pero también es cierto que se abre una nueva etapa que impone compromisos a las autoridades estatales y federales que ya no podrán ser selectivas en la aprobación o negativa de los registros sindicales (la famosa “toma de nota”), ni de seguir otorgando concesiones en materia laboral a los patrones, inclusive a los del sector público.

Algo que no queda claro todavía si esa libertad laboral incluye la decisión personalísima de no pertenecer a ningún sindicato y no ser discriminado de las conquistas que obtenga el gremio como parte del proceso productivo, por ejemplo.

Tampoco hay claridad en cuanto a la obligación patronal de cumplir con la obligación de brindar capacitación a los trabajadores o de asegurarles condiciones de higiene para desempeñar sus funciones en entornos saludables y seguros. 

En general, la reforma laboral, que todavía debe ser aprobada por el Senado, plantea la intención por cumplir las condiciones impuestas en el marco del T-MEC y del neoliberalismo, aunque es muy probable que serán los mercados junto con la Casa Blanca los que conducirán el desarrollo de este cambio, que ya era indispensable para desarrollar una relación laboral estable, productiva, remunerativa y de largo plazo. 

@lusacevedop