La relación entre el derecho, la moral y la política forman una tríada de relación compleja. La reforma constitucional al transitorio que establecía una gubernatura de dos años, para quedar en cinco, cumple con la forma, es decir, con el procedimiento que marca la propia Constitución para ser reformada, sin embargo, necesita del ingrediente indispensable en política: la legitimidad. 

Cuando Calderón ocupó la Presidencia obtuvo previamente un reconocimiento de validez presidencial por el órgano formalmente establecido para ello, sin embargo, eso no evitó que su sexenio  cargara con la sombra de ilegitimidad. La legitimidad tiene que ver con el aspecto de la moralidad interna y el consenso, es decir, un acto de gobierno legal pero que carece de ese halo de moralidad política llamada legitimidad difícilmente podrá gobernar. 

El artículo 112, párrafo tercero, de la Constitución de Baja California, prevé que las reformas o adiciones constitucionales podrán ser sometidas a Referéndum. El poder político no puede auto atribuirse mayor periodo de tiempo a aquel expresamente decretado establecido con anterioridad a la elección simplemente por contar con una súper mayoría. Es indispensable despejar las dudas de la ilegitimidad frente a los actores políticos y frente a sus gobernados. La salida jurídica y política para validar decisiones altamente controvertidas es el referéndum, un mecanismo político-jurídico de gobernabilidad previsto en la propia Constitución.

El líder del grupo parlamentario PODEMOS, en España, ha señalado en diversas ocasiones que el nombramiento del Rey debería someterse a referéndum, pues no basta que sea legal y constitucional su cargo, sino que requiere pasar por las urnas. Lo mismo pienso del proceso bajacaliforniano. El amplio porcentaje mayoritario que llevó a Jaime Bonilla a la gubernatura no debería ser ensombrecido por la ilegitimidad; al cumplirse con la forma procedimental, y después respaldarse esa decisión con la voluntad popular del referéndum, el próximo gobierno se blindaría de posibles vicios de inconstitucionalidad.