El miércoles pasado, la Cámara de Diputados aprobó –con el voto mayoritario de Morena y sus aliados- la iniciativa de una nueva Ley de Amnistía que propuso el presidente López Obrador y que busca favorecer a las personas a quienes se les ha ejercitado acción penal, estén procesadas o que ya tengan sentencia ante un tribunal federal, siempre que no sean reincidentes.
El ordenamiento ha vuelto a generar controversia por que si bien actúa a favor de la población vulnerable que ha sido sujeta a proceso por delitos menores, también abre la puerta a la impunidad de verdaderos delincuentes. Lo mismo podrían obtener su libertad mujeres que han interrumpido su embarazo, indígenas obligados a sembrar droga como personas dedicadas al narcomenudeo y el robo común –transeúntes o transporte, por ejemplo-.
A lo largo de la historia, las leyes de amnistía han servido para resolver las diferencias de una sociedad en conflicto por razones políticas o sociales; sin embargo, en este caso, se trata de delitos federales por los que las personas ya han sido procesadas y han recibido una sentencia.
La nueva ley plantea el otorgamiento del “perdón” de delitos como la interrupción del embarazo (incluye a la mujer, familiares, y a los médicos practicantes de la interrupción); así como delitos contra la salud y aquéllos que hayan cometido personas de escasos recursos, con extrema vulnerabilidad, que hayan sido excluidos y discriminados o tengan alguna discapacidad permanente.
La amnistía también aplicará para quienes hayan cometido robos simples y sin violencia -por montos inferiores a 50 mil pesos- y que no ameriten cárcel de más de cuatro años; así como el delito de sedición y los delitos cometidos por integrantes de pueblos indígenas, a quienes no se les haya garantizado un debido proceso.
No obstante, la nueva Ley presenta serias deficiencias que es necesario destacar: la primera de ellas es que no contempla un plan de seguimiento, reinserción social y cuidado para personas en vulnerabilidad que saldrán de la cárcel con su propuesta, lo cual las coloca como objetivos claros del crimen organizado, pues el olvido a su situación vulnerable en nada abona a evitar la conducta que los llevó a la cárcel.
Por otra parte, se debilita el trabajo de las instituciones de impartición de justicia porque la amnistía borra el acto cometido y desconoce el proceso realizado, es decir, actúa por encima del ministerio público y del juez. En todo caso, el Presidente tiene la facultad –artículo 89 de la Constitución- de otorgar indulto a quienes acrediten ser víctimas de un proceso viciado y que no representan un riesgo para la sociedad. La ley abre la puerta a una generalización que beneficiará a muchos delincuentes.
El tercer problema sería el catálogo de delitos y su territorialidad. Quienes apoyan este ordenamiento justifican que se otorgará justicia a quienes cometan delitos como la interrupción del embarazo y el robo. Pero resulta que ambas conductas están consideradas como delitos del fuero común, por lo que la ley federal no les beneficiaría. Hasta ahora, no hay un solo caso de una mujer que haya sido procesada por esta razón.
Y hay un tema aún más grave. La nueva Ley de Amnistía se olvida de los derechos de las víctimas y de la reparación del daño, y evita el derecho de saber la verdad, contraviniendo otras disposiciones que buscan la protección jurídica de quienes han sufrido el agravio de un delito.
Por supuesto que no es deseable que haya personas en la cárcel por su condición de pobreza o vulnerabilidad, pero tampoco debemos permitir que muchos delincuentes vuelvan a las calles. Actualmente ya existen los mecanismos que permiten atender casos de quienes de manera injusta -por necesidad o situación particular-, no tuvieron la debida defensa. Uno de ellos es precisamente el indulto, facultad que corresponde al Presidente de la República.
La nueva Ley de Amnistía junto a la cuestionada Ley de Extinción de Dominio confirman la superficialidad de la interpretación de la justicia por parte del nuevo gobierno federal. De tal modo que no resuelve de fondo el problema de impartición de justicia ni garantiza el derecho de las víctimas.
Esta ley parece más la creación de fiscales y jueces, ya que olvida a las víctimas, favorece la impunidad y pierde de vista el objetivo real: perfeccionar el sistema de justicia. Las consecuencias saldrán a la luz muy pronto.