La reforma laboral sigue su curso, y aunque en un principio consideramos difícil su aprobación, hoy debemos reconocer que la reforma "VA" con todo el apoyo político del poder ejecutivo y de los partidos políticos, además huelga decir de la OIT, de los Estados Unidos y del acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica  (TPP), cuyo planteamiento es  la eliminación de barreras en áreas como las compras del sector público, la fijación de estándares para derechos laborales, propiedad intelectual y protección al ambiente, en consecuencia consideramos lo siguiente:

La Cámara de Diputados la aprobará; pasará al pleno y a las legislaturas de los estados, donde consideramos que se va a aprobar por las  2/3 partes de dichas legislaturas, lo cual es muy probable pues en la Cámara de Senadores se aprobó sin oposición alguna, es decir todos los partidos políticos están alineados en favor de la Reforma. 

Sin embargo consideramos que se requiere fundamentalmente:

1.- Una reforma legal profunda que sea el vehículo para llevar a buen término la Reforma Constitucional.

2.-Presupuesto Federal y de los estados de la República. Este aspecto es ¡fundamental!

3.- Capacitación y adiestramiento a los jueces del Poder Judicial que serán asignados a los Tribunales Laborales y al personal de las Juntas locales y federales de Conciliación y Arbitraje, que serán absorbidos por los mismos.

4.- Acuerdos económicos y presupuesto local y federal para la liquidación del personal de las Juntas de Conciliación y Arbitraje que no serán absorbidos por los Tribunales. Es que entendamos que son miles de empleados.

5.- Leyes secundarias y reglamentos, en especial,  un código de procedimientos laborales que regulará los juicios en los Tribunales  Federales y Locales Laborales, y otro para el Tribunal de Conciliación y Arbitraje que seguirá actuando como autoridad en los conflictos laborales de los trabajadores al servicio del estado, apartado B del 123 Constitucional. 

6.- Reglamentación y ordenamientos legales para los trámites conciliatorios federal y local descentralizado, la cual deberá de ser objetiva y clara para que brinde celeridad al proceso y que éste no se alargue, complicando en el tiempo la solución de los problemas laborales.

7.- Reglas claras para el registro de Contratos Colectivos de Trabajo y revisión de los mismos, que no afecten la productividad en los centros de trabajo y una la normatividad justa para el registro de los sindicatos ante el Organismo.

8.- Normatividad para la elección de los directivos de los sindicatos y la determinación del contenido de los estatutos de estos.

9.- Reglas de cómo se tramitarán los juicios iniciados en las Juntas de Conciliación y Arbitraje locales y federales, antes de la entrada en vigor de las reformas Constitucionales y Legales, pues será muy complicado que un juicio se haya iniciado ante una autoridad y bajo la tutela de una ley, sea resuelto por una autoridad y una ley diferente, como también consideramos difícil que existan dos autoridades laborales en forma paralela.

Hay mucho por hacer.