Pachuca de Soto, Hgo.- Con el voto unánime de los diputados integrantes de la LXI Legislatura, este 31 de julio el Congreso del Estado aprobó la “Ley de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Salvaguarda de los Derechos para el Ejercicio del Periodismo”, normatividad legal que representa la adopción de 9 principios fundamentales señalados en la Declaración Universal de los Derechos del Hombre así como en diversos tratados internacionales.
La nueva ley que está contenida en 17 capítulos, 38 artículos y dos transitorios pone a Hidalgo a la vanguardia en la protección jurídica de los derechos de los periodistas así como del público al cual va dirigido el trabajo de los medios de comunicación, al incluirse la figura del “Defensor de la Audiencia”, que hace a la entidad, la única de todo el país en considerar este mecanismo de autorregulación de los medios.
Sobresale que la Ley contempla la creación de la Comisión Estatal de Protección al Periodista, mediante la cual se dará respuesta inmediata a la petición que formule un comunicador para la protección de su persona y de su familia, así como la aplicación de medidas cuatelares cuando se encuentren bajo amenaza o en riesgo de agresión, lo que también beneficiará a los defensores de derechos humanos.
El ordenamiento jurídico cuya minuta proyecto de decreto fue leído en la tribuna legislativa por el diputado Onésimo Serrano González, considera entre las figuras de salvaguarda del periodista, la protección al Secreto Profesional, como una forma de evitar que los comunicadores pretendan ser obligados a declarar o revelar información que hayan recibido con carácter confidencial y que impedirá que sean coaccionados para identificar a sus fuentes de información, las que también estarán protegidas.
La Clausula de Conciencia reconocida por la norma aprobada les brinda oportunidad a negarse a participar en la elaboración de informaciones contrarias a sus principios de veracidad, imparcialidad, objetividad, pluralidad, equidad, responsabilidad y sus creencias e ideología, siempre y cuando expongan los motivos para sustentar su negativa.
A partir de la entrada en vigor de la ley, los periodistas tendrán acceso preferente y libre a las fuentes de información que estén vinculadas a actos de interés público, asuntos públicos y los de carácter privado que desarrolle el estado; además en protección de sus derechos patrimoniales e intelectuales, se les protege su derecho de autor y de firmas, para que perciban remuneraciones económicas sobre textos originales, reportajes y noticias de su autoría, dejando a salvo los derechos que sobre ellos pudieran tener terceras personas.
Como parte de los derechos protegidos por la nueva legislación, se incluye el respaldo estatal a la formación profesional continua, el reconocimiento institucional como periodista y la protección de las empresas en desempeño de misiones o tareas de alto riesgo profesional y la protección pública ante las agresiones de terceros.
Dichos beneficios especifica la ley, no son exclusivos de los periodistas y de las empresas periodísticas, también se protegerá a los colaboradores y a los defensores de los derechos humanos.
Ramón Ramírez Valtierra, presidente de la Junta de Gobierno de la LXI Legislatura, calificó la nueva norma como una Ley de Avanzada y se congratuló de que su integración haya considerado la inclusión de propuestas surgidas del gremio periodístico y algunas surgidas de la sociedad organizada que fueron expresadas en diversos foros regionales.
La Ley fue aprobada y ahora solo falta se expida la reglamentación de la misma para garantizar su correcta aplicación.