chicanada: s f<br>Acción retardataria en un proceso jurídico o legislativo, cuyo objetivo es obstaculizarlo y manipularlo: “Hizo saber los fraudes y toda clase de chicanadas que estos señores han cometido”.<br><br>

Diccionario del Español de México - COLMEX.

"Debía haber una alma<br>Donde cupiera el mundo de mi amor.<br>Debía haber nacido<br>Un ser, cual yo lo sueño, casto, puro,<br>Incapaz de perfidia y de traición.<br>Debí no haber tirado<br>En pedazos, a ciegas, sin saberlo.<br>Las joyas de mi ardiente corazón.<br>Debe existir mi madre allá en los cielos<br>Y debe haber un Dios".<br><br>

José Tomás de Cuéllar.

Inconstitucional

Sufragio efectivo no reelección es una de las máximas más importantes en nuestro país desde la caída de Porfirio Díaz. Pero hoy tenemos la versión 4T de Vladimir Putin en el poder y Andrés Manuel López Obrador se ha cansado de decir que, ‘si la gente quiere’, se va a su rancho en el 2024... Frase astuta que permite asomar algo, mucho, de lo inconstitucional que sería si se tomaran literalmente sus palabras, pues la ley que rige a todos los mexicanos dicta de forma tajante que los periodos presidenciales son de seis años, sin opción a la reelección.

Lo anterior viene a cuento porque, ayer, el Senado aprobó algo que es violatorio de la Constitución. Y no tanto por la parte que dice en su artículo 97 constitucional: “el cual no podrá ser reelecto para el período inmediato posterior”, sino más bien por la primera parte del texto: “Cada cuatro años, el Pleno elegirá de entre sus miembros al presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.”

Tendríamos que preguntarnos ¿qué parte de tener que llevar a cabo un PROCESO de ELECCIÓN cada CUATRO AÑOS, de entre el pleno de la Corte, de un nuevo presidente de la misma, no les queda claro a los legisladores de la cámara alta?

Total, que el Senado le acaba de hacer el inconstitucional “favorcito” a Arturo Zaldívar para que este pueda quedarse dos años más al frente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sin ningún problema.

Dinamitar la Corte

La oposición ya gritó albazo ante la jugarreta realizada por Morena y el Partido Verde en el Senado.

En el artículo transitorio de la aprobada Ley Orgánica del poder udicial de la Federación se estipula que se amplía el periodo del presidente de la Suprema Corte por dos años más, con lo cual terminaría hasta el 2024 y no el 2022, como marca la Ley.

Ese artículo transitorio no fue incluido en la versión digital a votar, pero algunos senadores —de la vieja guardia— al leerlo en texto impreso, notaron el abuso y la inconstitucionalidad. Sin olvidar, que taimadamente nadie puso el nombre de Arturo Zaldívar, solo “el presidente de la SCJN”.

Ya sabemos que la ley es un bien poco valorado por la 4T, aunque se trate del texto constitucional. “La justicia”, entendida esta como lo que quiera el presidente de la República, siempre estará primero.

Pero en este caso, además, queda la duda de si quienes debieran ser garantes de velar por la ley máxima, que es la Constitución, esto es, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación tienen algo que ver en todo este desaguisado o si solo están siendo utilizados.

Destinatario a modo

Necesario decir que la Suprema Corte de Justicia de la Nación no es autor directo del polémico artículo transitorio antes discutido. Y que la Corte, respetando la independencia del poder legislativo, no se pronunciará al respecto del mismo y de su aprobación por parte del Senado hasta que la Cámara de Diputados determine al respecto.

Pero no deja de causar extrañeza que la ley para reformar el poder judicial —y que se pretende dar por buena— tiene el carácter retroactivo, es decir, beneficiaría al presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que hoy es Arturo Zaldívar.

El mismo que en 2017 (en ese entonces no era presidente de la Corte) se pronunció en contra de que el Congreso trastocara los términos de los jueces de la siguiente forma: “…coincido que existe una violación al principio de independencia judicial… en contravención del art. 97 constitucional. El Congreso altera los términos y esto constituye una intromisión externa que se presta a suspicacias y genera una apariencia de falta de independencia”.

Prueba y error

Ya me referí a que la ampliación del término es anticonstitucional, dinamita al poder Judicial y atenta contra la división de poderes. Pero además tiene otras lecturas que no deben pasar desapercibidas.

La más importante: ¿hasta qué punto esto es una prueba experimental procurando ampliar el periodo gubernamental en un futuro?

Otra sería el que se busque —en estos momentos— tener un presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a modo.

Una más. Viendo la posible pérdida de la mayoría en la Cámara de Diputados el 6/6 por parte de ‘Juntos Haremos Historia’, el ejecutivo federal se está “haciendo” del poder judicial ya desde ahora.

Una hipótesis

Hay quienes, conociendo los entresijos de la Corte, aventuran que se trata de una maniobra perfecta para que los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Alberto Pérez Dayan —no afines al actual gobierno— se vean impedidos de llegar a ser presidentes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en los dos últimos años de la presidencia de López Obrador.

La tesis va en paralelo a lo que actualmente sucede con el INE: no importando lo que resuelva finalmente la Suprema Corte (una vez que les llegue el asunto para determinar su constitucionalidad), sea permitir dicho transitorio o anularlo, el daño a la imagen del poder judicial ocurrirá.

Si permiten el transitorio, parecerá que se doblan al poder legislativo, pierden su autonomía y actúan inconstitucionalmente; si lo anulan parecerá que invaden la esfera del otro y que la consigna es —aunque indirectamente— atacar al ejecutivo federal y a la 4T.

Cualesquiera que sea el resultado, la inquina, la división, la duda ha sido sembrada. La autoridad y las instituciones nuevamente siendo seriamente cuestionadas.

Traicioneros

Ante la pregunta de quién es culpable, podemos señalar hoy a muchos:

El mañanero que envía iniciativas anticonstitucionales (Hidrocarburos e Industria eléctrica); el legislativo que las aprueba sin moverles una “coma”; el poder judicial que deja pasar algunas consultas populares y —afortunadamente— no otras (NAICM, Ley Bonilla); la ciudadanía, si nos quedamos callados ante este nuevo atropello.

Un sencillo artículo transitorio cimbra la división de poderes, el Estado de Derecho y dinamita a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Chicanada absoluta. Vergüenza eterna para quienes votaron a favor de ello y para quienes lo idearon.