Oaxaca.- El Congreso de Oaxaca aprobó que menores de edad puedan elegir su identidad de género, en caso de que esto sea autorizado por el tutor.
En este sentido, se hará una reforma al Código Civil de Oaxaca, a fin de que los artículos 137, 137 Bis y 137 Quáte, establezcan el derecho de los adolescentes a elegir su identidad de género.
“Con esta reforma no se crea un derecho, más bien se reconoce el derecho a la identidad que ya existe”
Magaly López Domínguez, diputada.
La iniciativa, impulsada por la diputada de Morena, Magaly López Domínguez, busca eliminar la discriminación o cualquier obstáculo al momento del reconocimiento de una identidad de género.
Con ello, las personas no tendrán que enfrentar un juicio para modificar su acta de nacimiento, sino que el reconocimiento de su identidad de género se hará mediante un proceso administrativo.
¿Qué proceso debo seguir si requiero cambiar mi identidad de género en Oaxaca?
El pasado miércoles 22 de septiembre, el Congreso local de Oaxaca aprobó que los adolescentes puedan elegir su identidad de género.
Con 29 votos a favor de que los menores de edad sean libres de elegir su identidad de género (32 diputados acudieron a la sesión), la noticia se ha dado a conocer este 5 de octubre.
La reforma entrará en vigor luego de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Oaxaca. Estos son los pasos a seguir:
- Los tutores del menos de edad deberán acudir a la Oficialía del Registro Civil
- Allí, manifestarán el deseo del interesado a modificar su acta de nacimiento
- El Registro Civil, junto con la Procuraduría Estatal de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de Oaxaca, deberá informar sobre los alcances del trámite
Ahora bien, esto es lo que se debe hacer cuando se niegue o sea imposible obtener el consentimiento del tutor para el reconocimiento de una identidad de género:
El menor de edad puede acudir a la Procuraduría Estatal de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de Oaxaca.
Allí le brindarán asistencia legal para recurrir a la vía jurisdiccional y que sean los jueces quienes resuelvan el reconocimiento de su identidad de género.