México.- El Congreso del Estado de Sinaloa prohibió los golpes o castigos físicos y psicológicos en contra de los niños y adolescentes por parte de sus padres o tutores.
Quien incumpla con la iniciativa de reforma al Artículo 83 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Sinaloa podría purgar una condena de hasta 15 años de prisión.
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El dictamen de la Comisión de Equidad, Género y Familia que armoniza Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Sinaloa prohibiendo para quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, ejercer castigo corporal a menores fue leído en
— Congreso del Estado de Sinaloa (@congresosinaloa) July 31, 2019
el Pleno. pic.twitter.com/4M9BTYDAb5
El dictamen fue elaborado por la Comisión de Equidad, Género y Familia que preside la diputada Francisca Abelló Jordá que aprobó la reforma a la fracción VIII del Artículo 83 donde se establece la prohibición de “cualquier atentado” a la integridad física o psicológica de los niños y adolescentes en menoscabo a su desarrollo integral.
La prohibición es contra cualquier tipo de violencia, sobre todo el castigo corporal para quienes ejercen la patria potestad, la tutela o guarda y custodia, reporta Café Negro.
Hasta 15 años de prisión para quien viole prohibición
Según el Artículo 136 del Código Penal, al responsable de lesiones se le puede imponer una pena de cárcel de 3 a 5 meses, así como 10 a 30 días de multa si las heridas tardan más de quince días en sanar.
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La sanción será de 2 a 4 años de prisión, así como de 70 a 100 días de multa cuando dejen cicatriz en la cara; de 3 a 6 años de prisión, además de 150 a 200 días de multa si ponen en peligro la vida.
De 6 a 15 años de prisión, además de 250 a 400 días de multa si las lesiones se infligen con crueldad o tormento por vía vaginal o anal a través de cualquier objeto u órgano humano distinto al pene. Asimismo, la sanción se agravará una tercera parte de la pena del delito si es un menor de edad.