Los asesinatos de las mujeres trans serán investigados y sancionados como feminicidios en la Ciudad de México (CDMX); aquí te contamos lo que debes de saber.
Así lo determinó el Congreso local, luego de aprobar el proyecto de iniciativa impulsado por el jefe de Gobierno capitalino, Martí Batres.
Con su publicación en la Gaceta Oficial de la CDMX, el decreto entró en vigor a partir de este 28 de junio 2024, a un día de que se lleve a cabo la marcha del Orgullo LGBT en la capital.
Este edicto surge en medio de una ola de violencia contra las mujeres trans en México, país donde se registraron 4 trans feminicidios en los primeros 15 días del año 2024.
CDMX reconoce derechos de mujeres trans
Mediante las modificaciones al artículo 148 BIS del Código Penal de la CDMX, los derechos jurídicos de las mujeres trans fueron reconocidos, incluyendo la investigación de los asesinatos en su contra como feminicidios.
Y es que los cambios a la legislación capitalina indican que el término “mujer” deberá incluir a todas las personas que han sido mujeres a lo largo de su ciclo de vida, así como a aquellas cuya identidad de género sea femenino.
“Para efectos de este artículo, el término mujer incluye a todas las mujeres a lo largo de su ciclo de vida, así como a todas las personas de género femenino”, se lee en las modificaciones del Código Penal de la CDMX.
Se le impondrán de 35 a 70 años de prisión a quien cometa trans feminicidio
Respecto a las saciones, las penas irán de 35 a 70 años de prisión para aquellas personas que cometan asesinato contra las mujeres trans, pues serán castigados bajo el protocolo de feminicidio.
Mientras que la condena se agravará hasta una tercera parte de su mínimo y máximo en los siguientes casos:
- Cuando el feminicidio sea cometido en contextos de explotación sexual o trata de personas en agravio de la víctima
- Cuando el feminicidio sea cometido por dos o más personas
- Cuando el delito sea cometido en presencia de una o más personas con quienes la víctima tuviere un vínculo de parentesco, afectivo o de confianza
- Cuando el sujeto activo, con motivo de su cargo, encargo o relación de confianza tenga la obligación o el deber de cuidado sobre la víctima
- Cuando el sujeto activo se haya valido de su oficio como conductor de un vehículo de transporte de pasajeros o de turismo, público, privado o para la comisión del delito
- Cuando la víctima sea niña menor de 12 años, adolescente entre los doce años cumplidos y menores de dieciocho años de edad, mujer con discapacidad o mayor de 60 años
Algo importante a destacar es que en las situaciones donde no se logre acreditar el feminicidio contra las mujeres trans, se aplicarán las reglas del homicidio.