El Congreso de la Ciudad de México (CDMX), aprobó la llamada ‘Ley Malena’ para castigar delitos de ‘violencia ácida’ con penas que van desde los 8 hasta 12 años de prisión.
La ‘Ley Malena’ fue nombrada así por el caso de la saxofonista María Elena Ríos, quien luego de sufrir un ataque con ácido en 2019, alzó la voz por las mujeres victimas de este tipo de violencia.
Con esta nueva ley se clasifica a los ataques de ácido y otras sustancias corrosivas con las que, por razones de género, mujeres son atacadas como tentativa de feminicidio.
‘Ley Malena’: Se propone abrir un registro de víctimas de ácido
El pleno del Congreso aprobó este jueves 8 de febrero, por unanimidad, las nuevas reformas a la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el Código Penal de la CDMX para hacer de la ‘Ley Malena’ una realidad.
De acuerdo con Ana Francis López, diputada local de Morena, no existe una base de datos que registre los ataques de ácido contra las mujeres de México.
Sin embargo, comentó que la Fundación Carmen Sánchez, que brinda atención a mujeres victimas de ‘violencia ácida’, lleva un conteo de 28 víctimas en las últimas dos décadas.
Los casos registrados indican que el 85 por ciento de los ataques con ácido son planeados por hombres; 5 agresores eran parejas y 11 exparejas.
Debido a esto, la diputada Ana Francis López argumentó que se contempla llevar un registro y estadísticas de las víctimas de ácido, además se añadirá un nuevo capitulo para sumar lesiones por sustancias corrosivas.
‘Ley Malena’ considera tentativa de feminicidio a los ataques con ácido
Anteriormente, los ataques con ácido eran considerados como agravantes dentro de delitos de lesiones. Ahora, estos pueden alcanzar la clasificación de tentativa de feminicidio.
Tras un año de trabajo, la Ley Malena ha sido aprobada e incluye penas que aumentarán dependiendo de:
- Deformidades causadas en el rostro
- Victimas menores de edad o persona con discapacidad
- Si el daño es permanente y/o irreversible
- Daño en órganos sexuales
De ser el caso de lo antes mencionado, las penas podrían alcanzar hasta los 30 años de prisión.
Adicionalmente, los agresores podrían ser acreedores de multas de 300 a 700 veces la unidad de medida para quienes “causen daño en la integridad física o salud, utilizando diversas sustancias”.
En atención a las víctimas se contempla la reparación del daño, ya que anteriormente las mujeres tenían que pagar ellas mismas los tratamientos de reconstrucción.