¡Ya es oficial! Hoy lunes 19 de febrero, el gobierno de la Ciudad de México (CDMX) publicó la “Ley Malena” en la Gaceta Oficial, por lo que los ataques con ácido u otras sustancias químicas serán considerados como tentativa de feminicidio.
La Ley Malena ―nombrada de esa manera por su impulsora María Elena Ríos Ortiz, quien sobrevivió a un intento de feminicidio en septiembre de 2019―, fue aprobada en el Congreso capitalino el pasado 8 de febrero.
Con la Ley Malena se tiene contemplada también la creación de un registro de víctimas de agresiones con ácido y otras sustancias químicas, para promover políticas públicas contra ese delito.
¿Qué es la Ley Malena?
La Ley Malena es el conjunto de reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal de la CDMX para reconocer como un delito la violencia ácida con el grado de tentativa de feminicidio y castigarla.
Estas reformas reconocen la violencia ácida como toda la agresión que se perpetra contra niñas, niños y mujeres con agentes químicos ácidos y corrosivos.
Si bien antes ya se reconocían los ataques con ácido como parte del agravante de lesiones en una legislación previa, con la Ley Malena se hace como una violencia específica, como un nuevo tipo de agresión contra las mujeres.
Desde su publicación en la Gaceta Oficial de la CDMX, la Secretaría de Salud está obligada a tener un registro oficial con información y estadísticas sobre las personas atendidas por violencia con ácido, sustancias químicas o corrosivas.
¿Qué castigos contempla la Ley Malena?
La Ley Malena contempla todo tipo de ataques con ácido, sustancias químicas o corrosivas y serán considerados feminicidios en grado de tentativa.
Las penas consideradas dentro de la Ley Malena van de entre ocho y 12 años de prisión y en los casos en que las lesiones causen daños permanentes, serán considerados como tentativa de feminicidio.
Se establece que quien por sí mismo o por terceras personas cause lesiones por ataques de ácido o sustancias químicas corrosivas, que provoquen lesiones internas, externas o ambas, recibirá de ocho a 12 años de prisión y una multa de 300 a 700 veces la unidad de medida vigente.
En el caso de que las víctimas sean niñas, niños o personas con discapacidad se considerará un agravante.
Si el daño físico es permanente o afecta a los órganos reproductivos, las penas pueden alcanzar hasta los 30 años de prisión.
La reforma incluye multas y reparación integral a través de la atención de todas las lesiones a las víctimas.
Además, la Ley Malena incorpora a las mujeres transexuales y transgénero, dado que la pena otorgada a los ataques con ácido por razones de género aumentará hasta en una mitad cuando se cometa en contra de estas personas por razones que deriven de su orientación sexual, identidad o expresión de género.