Convocan en redes sociales a una jornada de música de banda frente al hotel Double Tree, by Hilton en Mazatlán, Sinaloa.
Lo anterior porque al menos tres empresarios del sector hotelero en Mazatlán buscan prohibir la música de banda sinaloense al argumentar que es ruidosa y no deja descansar a los turistas extranjeros.
Incluso, uno de los hoteleros del Condominio Camino al Mar anunció que estaba “prohibida la contratación de cualquier grupo musical o de banda en el área de playa frente al condominio”.
En redes sociales convocan a una jornada musical en Mazatlán, Sinaloa
El intento de prohibir la música banda sinaloense en las playas de Mazatlán ha levantado polémica, por lo que en redes sociales convocan a una jornada de música en forma de manifestación.
El evento se ha denominado “Eclipse de los gentrificadores”, una jornada de música de banda sinaloense que tiene fecha el próximo 8 de abril a partir de las 10:00 horas enfrente hotel Double Tree, by Hilton en Mazatlán.
Se pide que en esta manifestación las personas acudan con banda, cheves, trueque y baile en la playa que es territorio federal.
Incluso en el cartel de la convocatoria aparece el empresario Ernesto Coppel, quién había manifestado su descontento contra las constantes irrupciones de grupos regionales en centros turísticos.
Rgulación para músicos de banda sinaloense en Mazatlán
En un acuerdo entre las autoridades municipales de Mazatlán para regular la actividad turística de las playas, se han buscado imponer normas para que los músicos de banda sinaloense puedan trabajar, entre ellas:
- Tener un gafete de autorización e identificación emitido por la Oficialía Mayor, según acuerdo del sindicato de músicos en una reunión con las autoridades municipales, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) y empresarios del ramo turístico
- Sólo se podrá tocar música de banda sinaloense en los horarios establecidos previamente que son de las 10:00 a las 19:00 horas
- Se reducirá en número de agrupaciones que toquen en las playas de Mazatlán
¿Qué dice la NOM para la contaminación del ruido?
En México los problemas derivados a la contaminación acústica han aumentado, por lo que se ha tomado cartas en el asunto en este sentido.
Porque en abril de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la modificación a la NOM-081-SEMARNAT-1994 que establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido de las fuentes fijas y su método de medición.
De acuerdo con la NOM-081-SEMARNAT-1994 establece que el ruido máximo permitido en diferentes zonas es de:
- Exteriores de zonas residenciales de 06:00 a 22:00 horas el máximo legal es de 55 dB y de 22:00 a 06:00 horas es de 50dB
- Zonas industriales el máximo legal es de 68 y 65 dB
- Exteriores de escuelas y áreas de juego el máximo legal es de 55 dB
- Ceremonias, festivales y eventos de entretenimiento durante 4 horas el máximo legal es de 100 dB
Esta misma NOM también establece cuáles son los límites máximos permitidos en fuentes móviles como motocicletas y triciclos motorizados nuevos en planta y su método de medición.
¿Qué es la contaminación del ruido?
De acuerdo con un artículo del Instituto de Ciencias de la Atmósfera de la UNAM, la contaminación del ruido es el efecto de sonidos de un nivel excesivo sobre la salud y bienestar del ser humano.
En el mismo artículo remarca unas recomendaciones de la OMS sobre la contaminación del ruido:
- Reconocer al ruido como un contaminante importante
- Legislar sobre todos los aspectos que inciden en el problema de ruido
- Cuantificar la población afectada (mapas, mediciones, investigación) y su costo
- Planeación cuidadosa del uso del suelo /vías de comunicación
- Dotar a las edificaciones (viviendas, escuelas, hospitales, etcétera) de una mejor protección (aislamiento) contra el ruido