México.- Con condenas que pueden alcanzar hasta 4 años en prisión, Guanajuato aprobó sancionar la difusión de imágenes de contenido sexual o erótico sin consentimiento de la persona grabada o fotografiada, mejor conocido como “pack”.
En el Congreso local se presentó como iniciativa Violencia Digital, aunque también se conoce como “Ley Olimpia”, que fue impulsada con activistas del Frente Nacional por la Sororidad, colectivas feministas y presentada por la diputada panista Libia García.
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Los legisladores aprobaron por unanimidad con 29 votos, la reforma en lo general al Código penal estatal con lo que se establece la tipificación del delito de afectación a la intimidad cuando se difundan imágenes íntimas sin consentimiento, y quedó definido de la siguiente manera:
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Aclararon que cuando el delito sea cometido por el cónyuge o relación análoga de afectividad, o con fines lucrativos, la punibilidad se aumentará en la mitad de la pena. Y de igual manera, tipifican los delitos de acecho, con hasta dos años en prisión; y captación de menores con la misma condena de privación de libertad.
“Alto a la violencia en línea”: Libia García
La diputada panista, Libia Dennise García Muñoz Ledo, durante su participación en la tribuna del Congreso, señaló la importancia de sancionar la violencia digital al referir que 87% de las personas afectadas por estas acciones son mujeres, y que Guanajuato ocupa el 4to lugar a nivel nacional en ciberacoso, según cifras del INEGI.
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Señaló que no se puede permitir la continuación del crecimiento de espacios donde las mujeres sufran violencia, en este caso lo que afecte la intimidad de las mujeres. Y recordó el caso de Verónica, la mujer de 32 años que se suicidó el sábado 25 de mayo en España, luego de que se viralizó un video sexual suyo.
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¿Cómo nació la Ley Olimpia?
En 2013, Olimpia comenzó la lucha por tipificar como delito la difusión de imágenes, vídeos y textos de contenido sexual, luego de que su entonces pareja difundiera una grabación íntima suya.
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A través de Facebook, Olimpia comenzó a ser evidenciada y perseguida, sin haber consentido la difusión de sus contenidos. También fue víctima de violencia sexual cibernética en sus modalidades de sextorsión, trata virtual, comercio sexual cibernético y persecución.