Tras la muerte de la activista y defensora de animales, Elena Larrea, el Gobierno de Puebla publicó la Ley Elena, en donde se citan los avances del Congreso local en contra del maltrato animal.

Así lo indicó el gobernador Sergio Salomón Céspedes, quien compartió la publicación del Periódico Oficial de la entidad, en donde se aprecia el decreto de la Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla, conocida como Ley Elena y en honor a Elena Larrea.

Con la publicación del decreto, la Ley Elena entró en vigor el pasado jueves 21 de marzo, horas después de que la activista y defensora de animales, fundadora de Cuacolandia, murió a causa de una trombosis.

Gobierno de Puebla publica decreto de la Ley Elena en honora a Elena Larrea

A través de X, antes Twitter, el gobernador de Puebla compartió que la noche del 21 de marzo fue publicado en el Periódico Oficial el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas dispocisiones de:

  • Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla
  • Ley Orgánica Municipal
  • El Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla

Esto, en honor a Elena Larrea, a quien reconocieron su labor incansable y su contribución en favor de los derechos de los animales y de su dignidad, así como la tipificación de delitos en contra de ellos.

La publicación del decreto se dio luego de que el Movimiento Animalista de Puebla y la Red de Abogados Animalistas de Puebla solicitaron al Gobierno de Puebla la publicación inmediata de la Ley de Bienestar Animal, bajo el nombre de Ley Elena.

Esto como una forma de reconocer el trabajo de Elena Larrea, activista y fundadora de Cuacolandia, santuario en donde se albergan a los caballos rescatados de maltrato y abandono por la defensora de los animales.

¿Qué dice la Ley Elena?

De acuerdo con lo expuesto en el Periódico Oficial de Puebla, la conocida como Ley Elena indica cambios en la Ley de Bienestar Animal del Estado, en donde destacan:

  • Se cambia a los Centros de Atención Canina, para convertirlos en Centros de Bienestar Animal y brindar una atención más integral y completa, no solo a los caninos, sino a todos los animales domésticos.
  • “Se prevén como conductas de crueldad animal, los actos sexuales con animales y el envenenamiento”.
  • Se indica que corresponde a la Secretaría de Salud realizar campañas de esterilización, debiendo contar con personal capacitado e indispensable para resguardar a los animales durante el procedimiento.
  • Se da a la Secretaría de Educación la tarea de realizar campañas periódicas de educación, sensibilización y concientización en materia de bienestar animal, así como de respeto, protección, procuración y trato digno a los animales.
  • Se señala a los Ayuntamientos como los responsables económicamente para crear, instalar, administrar, regular y operar los Centros de Bienestar Animal y garantizar su debido funcionamiento.
  • Se fortalece al Instituto de Bienestar Animal, para que pueda hacer visitas de inspección y aplicación de medidas de seguridad dando parte a la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial.
  • Se establece la obligación de los propietarias o poseedores de animales de suministrar el cuadro de vacunación recurrente contra enfermedades endémicas a sus animales domésticos.
  • Se castiga el someter a un animal a la realización de trabajos, horarios o actividades que sobrepasen su fuerza o capacidad; así como la práctica de cualquier conducta sexual con animales; abandonar a un animal; dejarlo en azoteas o encadenarlo por periodos prolongados; utilizar a los animales como premios u obsequios, en ferias, concursos o cualquier actividad análoga.
  • Se prohíbe cualquier trato, acción u omisión en contra de los animales, tales como: dejarlos encadenados o sujetos por cualquier medio.
  • Se establecen condiciones de trato digno para los animales de trabajo de acuerdo a la capacidad de su especie, raza, tamaño, edad y condiciones de salud.

Mientras que la Ley Orgánica Municipal señala que:

“(...) Se establece para los Ayuntamientos, la atribución de formular y conducir la política municipal sobre conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre en el Municipio, misma que debe incluir la creación, instalación, administración, regulación y operación de los Centros de Bienestar Animal, garantizando su debido funcionamiento, así como destinar el presupuesto suficiente de acuerdo con su capacidad financiera, para la creación y operación de estos Centros”

Decreto Ley Elena

Y la reforma al Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Puebla establece lo siguiente:

  • Se aumenta a diez meses la pena corporal a quien realice actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal; si el animal muere por el maltrato se impondrán de cinco a ocho años de prisión y multa de doscientas a quinientas Unidades de Medida y Actualización (UMA).
  • Se establece como agravante el que el agresor de los animales documente el maltrato en imágenes, fotografías o video para hacerlos públicos por cualquier medio.
  • Se incrementa la sanción de dos a cinco años a la persona que organice, promueva, difunda o realice una o varias peleas de perros, con o sin apuestas, o las permita en su propiedad.
  • Se sancionará de diez meses a dos años de prisión y de cien a doscientas cincuenta UMA a quien abandone a su animal de compañía.
Elena Larrea fundadora de Cuacolandia