Un error humano dejó sin luz a decenas de habitantes de la colonia Portes Gil en Mérida, Yucatán; reportan que tráiler quedó enredado con los cables.
Los hechos se registraron la madrugada del miércoles 27 de diciembre, sobre la avenida Fidel Velázquez.
Testimonios refieren que al intentar realizar una maniobra para incorporarse a la calle 8 de la colonia Portes Gil, el tráiler se atoró con cables de alumbrado público.
Debido al percance sucitado en Mérida, habitantes de varias cuadras se quedaron sin luz por horas.
Tráiler tiró dos postes de la CFE tras enredarse con cables
El tráiler que dejó sin luz a habitantes de la colonia Portes Gil también tiró dos postes de la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
Tras la caída de los postes, los vecinos de al menos dos cuadras quedaron en completa oscuridad en la región de Mérida, Yucatán.
Además de dejar sin luz a varios habitantes, uno de los postes que tiró el tráiler luego de enredarse con cables, cayó sobre un automóvil que se encontraba estacionado.
Detienen a conductor de tráiler que se enredó con los cables en Mérida
En tanto que el conductor del tráiler que se enredó con unos cables en Mérida, fue detenido por elementos de la Secretaría de Seguridad Pública del estado (SSP).
Lo anterior para fijar responsabilidades por el accidente que dejó sin luz a habitantes de la colonia Portes Gil.
Y es que, las autoridades estatales investigan si el vehículo pesado tiene una altura estándar o si los cablez de luz de encontraban a una baja altura.
La ley mexicana tiene duras sanciones si chocas contra un poste de luz
Las sanciones para aquellos que choquen contra un poste de luz van desde los 5 a 10 años de prisión y multas desde 100 hasta 5 mil pesos.
Esto está establecido en el artículo 397 del Código Penal Federal y abarca daños por incendio, inundación o explosión que pongan en peligro:
- Un edificio, vivienda o cuarto donde se encuentre alguna persona
- Ropas, muebles u objetos en tal forma que puedan causar graves daños personales
- Archivos públicos o notariales
- Bibliotecas, museos, templos, escuelas o edificios y monumentos públicos
- Montes, bosques, selvas, pastos, mieses o cultivos de cualquier género
"El daño en propiedad ajena afecta el patrimonio de las personas y este mismo se consume cuando el bien mueble o inmueble ajeno se destruye o deteriora en perjuicio de otro, de forma dolosa o culposa, este delito se persigue por oficio o querella”
Artículo 397 del Código Penal Federal