México.- El Diario Oficial de la Federación (DOF) compartió los lineamientos y requisitos para solicitar el apoyo económico emergente por las inundaciones en el municipio de Tula de Allende, Hidalgo.

El apoyo será asignado solo para los beneficiarios de las 16 personas que lamentablemente murieron a raíz de la inundación presentada en el Hospital General de Zona con Unidad de Medicina Familiar Número 5 del IMSS el pasado 6 y 7 de septiembre de 2021.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) reconoce como beneficiarios a el cónyuge o concubina de la persona fallecida o bien los hijos reconocidos por la persona fallecida.

¿Cuáles son las medidas emergentes para apoyar a las familias de los beneficiarios?

  • Asistencia y Atención Médica, Psicológica y Psiquiátrica:

Los Beneficiarios tendrán derecho a recibir asistencia y atención médica, psicológica y psiquiátrica que sea necesaria, en virtud del Suceso y sus consecuencias.

  • Apoyo para Gastos Funerarios:

El IMSS otorgará a los beneficiarios o a quienes acrediten haber realizado pagos por concepto de gastos funerarios generados por la persona fallecida en el suceso una ayuda única para gastos de funeral, por un monto de 10 mil 897 pesos.

  • Apoyo para traslados:

El IMSS otorgará un apoyo por concepto de pasajes a los beneficiarios que sean referidos a las unidades de atención médica que se encuentren disponibles.

  • Apoyo para Alimentación y Alojamiento:

El IMSS otorgará a los Beneficiarios trasladados un apoyo para cubrir su alimentación y alojamiento, en un lugar diferente al que resida, equivalente a un mes de Salario Mínimo General Vigente.

  • Apoyo para Subsistencia:

El IMSS otorgará a cada uno de los Beneficiarios, por única ocasión, un apoyo de 40 mil pesos por concepto de subsistencia.

¿Cómo podrán cobrar los beneficiarios los 40 mil pesos que entregará el IMSS por la inundación en Tula?

Los beneficiario podrán comunicarse a la Unidad de Atención a la Derechohabiencia que fungirá como Enlace del IMSS con los Beneficiarios, con teléfono 55 52 38 27 00, extensiones 10589 y 10528.

Los beneficiarios tendrán que entregar al Enlace del IMSS los siguientes documentos, según corresponda:

  • Copia certificada del acta de nacimiento del cónyuge o concubina.
  • Copia certificada del acta de nacimiento de la Persona Fallecida (excepto para pensionados).
  • Copia certificada del acta de matrimonio (en su caso).
  • Copia certificada del acta de nacimiento de los hijos reconocidos por la Persona Fallecida.
  • Copia certificada del acta de defunción de la Persona Fallecida.
  • Copia de comprobante de domicilio.
  • Identificación oficial con fotografía del Beneficiario (copia y original para cotejo).
  • Documento expedido por alguna institución bancaria a su nombre o de quien ejerza la guarda y custodia, en el caso de Beneficiarios menores de edad, que contenga cuenta CLABE.