La Fiscalía General del Estado (FGE) de Sonora informó sobre la detención del primer hombre bajo el delito de violación a la intimidad sexual, la Ley Olimpia, pues difundía imágenes íntimas de 3 ex compañeras.
En conferencia de prensa, la fiscal de Sonora, Claudia Indira Contreras, explicó que Luis Baltazar “N” es el primer hombre detenido y vinculado a proceso, por el delito de violación a la intimidad sexual.
De acuerdo con los medios de prueba de la Fiscalía estatal, este hombre es el posible responsable de subir y compartir en sitios web imágenes íntimas de amigas, excompañeras o conocidas, con contenido erótico, sexual o pornográfico, real o alterado.
La denuncia bajo la Ley Olimpia en Sonora
Según la fiscal Contreras, las 3 mujeres denunciaron a Luis Baltazar “N” luego de que un amigo les informó que vio fotografías con su nombre en un sitio web con imágenes de contenido sexual de mujeres de Hermosillo y Ciudad Obregón.
Luego de esto, una de las víctimas comprobó que en dicho sitio habían fotos de ella, otras dos amigas y de 18 mujeres más que logró identificar.
Tras la denuncia y diligencias realizadas por la Fiscalía de Sonora, solicitaron una orden de aprehensión contra Luis Baltazar “N”, quien tuvo su audiencia inicial el 6 de mayo.
Días después, el 11 de mayo, fue vinculado a proceso y el juez de control otorgó 4 meses para la investigación complementaria.
La Fiscalía destacó que este es el primer caso bajo la conocida Ley Olimpia que sanciona la violencia digital.
La Ley Olimpia en Sonora
El delito contra la intimidad sexual, conocido también como Ley Olimpia, fue aprobado por el Congreso de Sonora en octubre de 2021.
Con ello, se adicionó al Código Penal para el Estado el artículo 167 TER y establece sanciones para:
“quien por cualquier medio exponga, distribuya, difunda, exhiba, reproduzca, transmita, comercialice, oferte, publique, intercambie, comparta, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme o elabore, imágenes, audios o videos de contenido sexual, erótico o pornográfico de una persona reales o alterados, ya sea impreso, grabado o digital sin consentimiento de la víctima”.
Ley Olimpia en Sonora
La Ley Olimpia en Sonora sanciona este delito con pena en prisión de 4 a 6 años y una multa de 150 a 300 Unidades de Medida y Actualización.
¿Qué es la Ley Olimpia?
La Ley Olimpia es una iniciativa conformada por una serie de reformas al Código Penal (estatal o federal) que castiga la violencia sexual digital.
Su nombre es por Olimpia Coral Melo, una mujer que fue víctima de violencia digital por una expareja y que se volvió activista para que las personas sean castigadas por violencia sexual a través de internet.
A nivel federal, la Ley Olimpia sanciona a quien cometa el delito de violación a la intimidad sexual al compartir contenido íntimo de una persona sin su consentimiento.
Las sanciones van de 3 a 6 años de prisión y lo definieron como delito de violación a la intimidad sexual con agravantes específicas como cuando sea cometido por el cónyuge.
La Ley Olimpia adiciona a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia un capítulo de violencia digital y a nivel estatal, suman 22 estados con modificaciones relacionadas con esta iniciativa.