¿En España se aprobó pagar deudas con sexo oral? Esto es lo que sabemos según las noticias que han salido en los últimos días.

En España se ha hecho todo un revuelo luego de que saliera una noticia en donde aparentemente el Tribunal Constitucional ha aprobado pagar una deuda con sexo oral.

De acuerdo con la nota, el Alto Tribunal no ha admitido un trámite de recurso de amparo en contra de una sentencia en la región de Palma de Mallorca.

La petición según decía que la petición de pagar con sexo oral una deuda no era delito pues, ambas partes habían estado de acuerdo al principio.

España no admite sexo oral como pago de deudas

La noticia de que el Tribunal en España ha aprobado el sexo oral como una forma de pago a una deuda económica, ha causado revuelto en todo el país y en varias parte del mundo.

Pero el enfoque de las notas sobre este hecho ha estado mal y se ha considerado esta noticia como falsa.

Pues, pese a que sí ocurrió un hecho en donde un sujeto exigió a su ex cuñada pagarle con sexo oral tres veces a la semana por los 15 mil euros (347 mil 193 pesos) que le debía, la mujer reconoció sentirse amenazada.

Ella recurrió a sus abogados y denunció el caso de abusos sexuales pero, aparentemente al ser consensuado al principio, la Fiscalía no lo tomó como delito.

Sin embargo, eso no quiere decir que el Tribunal de España haya avalado que se pueda pagar una deuda con sexo oral.

Labios

España no avaló que se pagaran deudas con sexo oral

Los expertos en derecho constitucional como José Manuel Vera Santos, catedrático de derecho Constitucional de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid explicó que simplemente han inadmitido el trámite de recurso de amparo.

Esto por “falta de trascendencia constitucional” y no significa avalar la sentencia recurrida al no apreciar que el tema sea algo que afecte la interpretación de la Constitución.

Según los expedientes, todo comenzó en 2019 cuando una mujer solicitó apoyo económico de su ex cuñado y él le pidió sexo oral para saldar la deuda.

Por lo que la resolución en el caso por parte del Tribunal Constitucional de España en el caso del pago del adeudo por sexo oral, simplemente significa la inadmisión del amparo, mas no que avale dicha forma como un pago.