El gobierno de Estados Unidos y de México negocian un nuevo programa migratorio para refugiados de siete países.
Así lo indicó la agencia EFE, quien señaló que dicho programa migratorio será para beneficiar a los refugiados que se encuentran en territorio mexicano, entre ellos los de:
- Cuba
- Nicaragua
- Venezuela
Según esa fuente, el programa que Estados Unidos y México están negociando tiene como objetivo aliviar la presión migratoria que el gobierno mexicano ha enfrentado durante varios años.
¿En qué consiste el nuevo programa migratorio entre México y Estados Unidos?
La fuente de EFE no especificó en qué consiste exactamente el nuevo programa migratorio, tampoco señaló si permitirá o no a los refugiados pedir asilo de manera remota.
Ello debido a que otras iniciativas del presidente estadounidense, Joe Biden, han permitido que los refugiados en México pidan asilo a Estados Unidos sin tener que cruzar la frontera y presentarse en uno de los puestos de la patrulla fronteriza estadounidense.
Sin embargo, según la fuente, solo podrán acogerse a este nuevo programa los refugiados que hayan ingresado en territorio mexicano antes del 6 de junio.
Tampoco se precisó si habrá un número específico de nacionalidades que podrán acogerse al programa de asilo.
No obstante, datos de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés), la mayor parte de las personas que cruzan a Estados Unidos desde México provienen de:
- Cuba
- Nicaragua
- Venezuela
- Haití
- El Salvador
- Honduras
- Guatemala
Cabe destacar que para solicitar asilo en Estados Unidos, cualquier persona debe demostrar que enfrenta persecución debido a su raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social o étnico específico.
¿Cuál es el programa migratorio vigente en Estados Unidos actualmente?
El pasado 11 de mayo de 2023 finalizó la aplicación del Título 42 en cuestión migratoria, impuesto durante la pandemia por covid-19.
Tras su termino, el gobierno de Estados Unidos continúo con las acciones y reglamentos para los migrantes que corresponden al Título 8.
Con el Título 8 se pone en práctica una serie de mecanismos con las que el gobierno puede expulsar de su territorio a las personas que no cuentan con los documentos requeridos.
La reglamentación indica que ante la llegada de un migrante carente de visa, los Servicios de Ciudadanía e Inmigración evalúan la posibilidad de que la persona, corra un riesgo al ser deportada.
En esta norma, las autoridades investigan los riesgos que tiene el migrante de ser perseguido o torturado en su país.
En caso de dictaminar que el migrante sí se encuentra en peligro, se inicia un proceso migratorio que implica que la persona se presente a comparecer ante un juez.
Mientras se desahoga dicho procedimiento, el migrante puede quedarse en Estados Unidos o ser enviado a México, aprovechando el programa “Quédate en México”.
Por el contrario, si las autoridades resuelven que la persona no está en riesgo, es expulsado del país en una “deportación acelerada” y en adelante, se contempla la aplicación de sanciones.
Pues si el migrante intenta entrar de nuevo sin los documentos necesarios, se le castiga con una prohibición de reingreso de al menos 5 años, así como posibles procesos penales.