Fueron suspendidos miles de trabajadores de la salud en Francia por no vacunarse contra el coronavirus Covid-19, informó Olivier Véran.
El ministro de Salud de Francia dijo que es una obligación gubernamental vacunarse contra el Covid-19 por lo que los trabajadores del sector que no lo hicieron están suspendidos.
¿A cuántos trabajadores de la salud suspendió Francia por no vacunarse contra Covid-19?
El ministro de Salud, Olivier Véran, precisó que se trata de 3 mil empleados que no cumplieron el plazo del 15 de septiembre para inmunizarse contra el coronavirus, introducido por el gobierno en julio.
“Hubo unas 3 mil suspensiones que han sido notificadas al personal de centros de salud” por no ponerse al menos una dosis de la vacuna
Olivier Véran
La salud está garantizada tras suspensión de trabajadores: Francia
De acuerdo con el ministro de Salud, Olivier Véran, también han habido decenas de dimisiones por esta política, aunque no ha habido “ningún caos” derivado del incidente ocurrido con la vacunación y las suspensiones.
Detalló que Francia cuenta con unos 2.7 millones de empleados, en tanto que un gran número de las suspensiones es temporal y concierne “esencialmente al personal de los servicios de apoyo”.
Fue el pasado 12 de julio, cuando el presidente de Francia, Emmanuel Macron, anunció que todos los trabajadores de la salud deben estar completamente vacunados contra el Covid-19.
De lo contrario, señaló el mandatario francés, se arriesgan a ser suspendidos o despedidos a partir del 15 de septiembre.
Los trabajadores de la salud que deben estar vacunados contra el coronavirus son:
- De hospitales
- De residencias de ancianos
- De atención domiciliaria
Hasta el 12 de septiembre, el 89.3 por ciento de los cuidadores en centros de acogida de personas adultas dependientes habían recibido al menos una dosis. Esta medida se anunció como obligatoria desde junio con el fin de prevenir más casos.
En cuanto a la población en general en Francia, la cifra se eleva a 73.9 por ciento de personas vacunadas contra el Covid-19.