Ayer lunes se anunció la prohibición en el estado de Sonora de registrar a menores con nombres denigrantes o peyorativos, así como llevar más de 2 nombres propios.
Dicha medida fue anunciada en el marco de la entrada en vigor de la Ley del Registro Civil para el Estado de Sonora, que establece en su artículo 46 la prohibición al Oficial del Registro Civil de registrar al menor con nombre propio que sea peyorativo, discriminatorio, infamante, denigrante, carente de significado o que constituya un signo o siglas.
Se adelantó que Cheyenne, Rambo, Circunsición y Escroto serían algunos de los nombres prohibidos, identificados por el gobierno sonorense que han sido usados al menos una vez en el registro de menores.
La titular de la Dirección del Registro Civil de Sonora, Cristina Ramírez Peralta, señaló que difundirían una lista de nombres cuyo uso queda prohibido al realizar el proceso de registro de una persona. Es la siguiente: