México.- Felipe Montes profesor destituido del Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey, campus Monterrey, que fue señalado por acoso sexual en 2017, ha descalificado las denuncias en su contra y acudió al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), a iniciar un procedimiento de protección de derechos y poder conocer a quienes lo denunciaron.

A través de un comunicado, la organización Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) informó sobre los avances de este caso, pues tras la solicitud del exprofesor al INAI, la dependencia validó el proceso y resolvió que la organización por la cual se dieron a conocer las acusaciones contra el exprofesor, actuó con negligencia, por lo que inició un procedimiento de sanción.

Las denuncias de acoso sexual contra Felipe Montes fueron dadas a conocer a través del sitio web Acoso en la U; luego de ello, la situación culminó en la salida del catedrático de la Universidad, quien ha descalificado las acusaciones en su contra en medios de comunicación y en mayo de 2019, inició una solicitud de ejercicio de derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición) para intentar obligar a la organización a entregar información personal sobre los denunciantes.

“Montes pidió a la organización acceso a todo el material de investigación relativo a las denuncias de presunto acoso [...] investigación, denuncias y remisión a terceros que tratan mis datos personales; testimonios, denuncias, quejas de todo tipo [y] acceso a todas las investigaciones hechas en contra del suscrito”.

R3D

También pidió que Acoso en la U entregara comunicados, editoriales, publicaciones de cualquier tipo que hayan hechos relacionados con la acusación de acoso sexual en su contra y la cancelación de todos sus datos personales en los registros de la organización, incluyendo su sitio web, computadoras, redes sociales e incluso en Wikipedia.

Exprofesor señalado por acoso inicia procedimiento en el INAI

Ante la negativa por Acoso en la U de entregar dicha información, Felipe Montes acudió al INAI para iniciar un procedimiento de protección de derechos, mismo que fue validado y que resolvió que la organización actuó con negligencia, por lo que amerita una sanción.

“La acción legal de Felipe Montes muestra una tergiversación de la ley de protección de datos personales, secundada por la falta de análisis del propio INAI, como mecanismo para silenciar a denunciantes de violencia sexual. Queda claro que el Instituto falló en realizar un estudio exhaustivo y con perspectiva de género del caso, al no reconocer como improcedente la solicitud de Montes”.

R3D

La R3D explicó que aunque los titulares tienen derecho de acceso a sus datos personales, el INAI debe valorar el contexto, pues en este caso la información fue recopilada de manera confidencial y con fuentes públicas. Además, alertaron sobre que el Instituto no haya valorado “la forma maliciosa” con la que está siendo utilizado el derecho a la protección de datos personales.

Pues refirieron que la solicitud pretende amedrentar a las mujeres que integran Acoso en la U para inhibir su derecho a difundir información de interés público, como lo son las denuncias de violencia, y ello deriva en el acoso jurídico y de victimización secundaria.

Por lo anterior, aseguraron que la resolución del INAI afecta los derechos a la libertad de expresión, la libertad de asociación y el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia porque no están velando por la protección de datos personales, está abriendo “la puerta a que personas agresoras abusen de estos mecanismos para silenciar voces, inhibir expresiones y revictimizar a mujeres”.

Al final, expresaron que de mantener la decisión, el INAI actuará como cómplice en un “peligroso precedente” para las mujeres que denuncian violencia sexual.