En México existen leyes, normas y reglamentos que protegen los derechos de las mujeres, sobre todo al acceso a una vida libre de violencia; a nivel internacional, el país forma parte de dos convenciones que también velan por este sector.
Este 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, miles de mujeres protestan en todo el mundo para exigir se respeten sus derechos.
Y sobre todo, se cumpla con las leyes que las protegen y se reconozca la grave crisis de violencia, como en México, donde las cifras indican que al día 11 mujeres son asesinadas.
¿Qué leyes protegen a las mujeres?
A nivel federal, hay al menos 6 leyes vigentes que protegen a las mujeres de la violencia en su contra. La primera que se debe mencionar es:
- Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Esta Ley, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de febrero de 2007, establece que la Federación, los estados y los municipios deben coordinarse para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.
Y garantizar su acceso a una vida libre de violencia conforme a los principios de igualdad y de no discriminación. Señala también cuáles son los principios rectores para las políticas públicas en la materia.
Además, retoma y define los siguientes tipos de violencia contra las mujeres:
- Violencia Psicológica: cualquier acto u omisión que dañe la estabilidad psicológica
- Violencia Física: acto que inflige daño no accidental
- Violencia Patrimonial: acto u omisión que afecta la supervivencia de la víctima
- Violencia Económica: acción u omisión que afecta la supervivencia económica de la víctima
- Violencia Sexual: acto que degrada o daña el cuerpo y/o la sexualidad de la víctima y que por tanto atenta contra su libertad, dignidad e integridad física.
- Violencia familiar: acto abusivo de poder u omisión intencional
- Violencia Laboral y Docente: acto u omisión que se ejerce por las personas que tienen un vínculo laboral, docente o análogo con la víctima
- Violencia en la Comunidad: actos individuales o colectivos que transgreden derechos de las mujeres
- Violencia Institucional: actos u omisiones de las y los servidores públicos que atentan contra los derechos humanos de las mujeres
- 1Violencia Feminicida: Es la forma extrema de violencia de género contra las mujeres
Contempla el mecanismo de la Alerta de violencia de género, que es declarado por la Segob con acciones de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado.
También las Órdenes de Protección; el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y la figura de refugios como lugares seguros para las víctimas.
- Ley Federal para Prevenir y Erradicar la Discriminación
Este documento fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2003 y dio origen al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred).
En particular, esta ley indica que las medidas que describe serán prioritariamente aplicables a las mujeres y grupos en situación de discriminación o vulnerabilidad, como pueblos indígenas o niñas, niños y adolescentes.
Además, en la Junta de Gobierno del Conapred participa el Instituto Nacional de las Mujeres.
- Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres
Publicada en 2006 y que tiene el objetivo de regular y garantizar la igualdad entre mujeres y hombres en los ámbitos público y privado, promoviendo el empoderamiento de las mujeres.
También indica que la igualdad entre ambos sectores implica la eliminación de toda forma de discriminación en cualquiera de los ámbitos de la vida, que se genere por pertenecer a cualquier sexo.
- Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas
De 2012, esta Ley busca prevenir y sancionar el delito de trata de personas, así como la protección, atención y asistencia a las víctimas para garantizar el respeto al libre desarrollo de la personalidad.
El documento establece que se debe tomar en cuenta la perspectiva de género para comprender y disminuir las desigualdades entre los sexos y garantizar el acceso a la justicia, especialmente mujeres, niñas, niños y adolescentes.
- Ley Desaparición Forzada
Publicada en 2017, esta ley establece la distribución de competencias y la forma de coordinación entre las autoridades para buscar a personas desaparecidas, así como para prevenir, investigar, sancionar y erradicar los delitos de desaparición.
El documento indica que deben haber estrategias específicas a seguir con base en la información y el análisis de contexto, para la búsqueda de personas que pertenecen a grupos en situación de vulnerabilidad como niñas y mujeres.
- Ley Ingrid
La Ley Ingrid nació en 2020 a raíz del feminicidio de Ingrid Escamilla en la CDMX; tipifica y sanciona la filtración de contenido audiovisual de víctimas como:
“difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, video grabe, audio grabe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, indicios, audios, videos o documentos del lugar de los hechos o del hallazgo”.
Ley Ingrid
Las sanciones en la CDMX van de los dos a seis años de prisión y se agrava cuando la filtración de materiales audiovisuales se difunda, si las víctimas son de mujeres, niñas o adolescentes o si es cometido por una persona servidora pública.
Este tipo de ley también ya fue aprobada en el Edomex y en Oaxaca.
- Ley Olimpia
A nivel federal, la Ley Olimpia sanciona a quien cometa el delito de violación a la intimidad sexual al compartir contenido íntimo de una persona sin su consentimiento.
Las sanciones van de tres a seis años de prisión y lo definieron como delito de violación a la intimidad sexual con agravantes específicas como cuando sea cometido por el cónyuge.
La Ley Olimpia adiciona a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia un capítulo de violencia digital y a nivel estatal, suman 22 estados con modificaciones relacionadas con esta iniciativa.
En curso de ser analizadas por la Cámara de Diputados y el Congreso de Chihuahua están las propuestas iniciativas relacionadas a los siguientes temas:
- Feminicidio y feminicidio infantil
- Niñas, niños y adolescentes en situación de orfandad por casos de feminicidio
- Violencia familiar
- Incorporar la perspectiva de género en las responsabilidades administrativas
- Un Sistema Informático de Registro de Casos de Riesgo Feminicida
La Norma 046
Y la Norma Oficial Mexicana 046 que busca la regulación dentro del sector salud de la prevención y atención de la violencia familiar, sexual y contra las mujeres.
Conocida como la NOM 046 es la norma que garantiza el acceso de las mujeres a la interrupción del embarazo en caso de violación sexual, junto con los códigos penales locales.
También obliga a las instituciones del sector público, social y privado a otorgar atención médica en una situación de violencia familiar o sexual; y evaluar el riesgo en el cual se encuentran las personas para dar aviso a autoridades penales.
A nivel internacional, México debe combatir la violencia contra las mujeres
A nivel internacional, México forma parte de dos convenciones que tratan sobre los derechos de las mujeres:
- El Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) y;
- la Convención Interamericana para Prevenir Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará)
El CEDAW provee un marco obligatorio de cumplimiento para los países que la han ratificado para lograr la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y las niñas.
Y estipula que los Estados Parte deben incorporar la perspectiva de género en todas sus instituciones, políticas y acciones con el fin de garantizar la igualdad de trato.
Por su parte, la Convención de Belém do Pará establece por primera vez el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia y estableció la pauta para la adopción de leyes sobre la violencia contra las mujeres en los Estados Parte.
Así como la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso González y otras vs. México, conocido como “Campo Algodonero” o a nivel nacional, la sentencia por el caso de Mariana Lima Buendía.