La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó la orden que dictó el INE, en la cual se dictaminó que AMLO debe abstenerse de realizar comentarios sobre el proceso de revocación de mandato.
En días el INE determinó como una medida cautelar, en el marco del desarrollo de la revocación de mandato, que el presidente AMLO debía abstenerse de realizar comentarios referentes al ejercicio de consulta.
Sin embargo, la decisión del INE fue impugnado por la Presidencia de la República alegando la vulneración a su garantía de audiencia y presunción de inocencia.
La denuncia fue turnada a la Sala Superior del Tribunal Electoral, quien determinó el día de hoy miércoles 16 de marzo que el presidente AMLO deberá abstenerse de hablar sobre el ejercicio de revocación de mandato en cualquier acto público.
AMLO deberá eliminar mañaneras donde hace referencia a la revocación de mandato
Aunado a esto, la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República deberá eliminar las conferencias matutinas en las que AMLO hace referencia a la revocación de mandato.
Específicamente a los días 2 y 28 de febrero febrero así como las mañaneras trasmitidas durante dos eventos el 12 y 13 del mismo mes en Sonora.
La ratificación de esta medida se da luego de las denuncias de los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Acción Nacional (PAN) a la Comisión de Quejas y Denuncias del INE.
Por otra parte, el INE también ordenó a Morena retirar una publicación en redes sociales por ir en contra de la veda electoral a días de realizarle la consulta de revocación de mandato el próximo 10 de abril.
Lo anterior por las denuncias impuestas de Movimiento Ciudadano, las cuales determinaron como procedente la medida cautelar en contra de una publicación en redes sociales de la gobernadora de Campeche, Layda Sansores.