Deudores de pago de pensión no podrán optar a cargos de elección popular, de acuerdo con la ratificación del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Este martes 17 de enero, el pleno de la SCJN ratificó la prohibición para que deudores de pago de pensiones alimentarias puedan acceder a cargos públicos, incluidos, por primera vez, los de elección popular.
Con nueve votos a favor y dos en contra, la SCJN avaló una reforma de junio de 2022 a varias leyes de Yucatán que establecen el requisito de “no ser deudor alimentario moroso” para múltiples cargos, tanto de elección popular como de designación.
Las reformas en Yucatán validan este veto para las 16 secretarías del Gobierno estatal, los órganos descentralizados, la presidencia de la comisión estatal de derechos humanos y las candidaturas independientes a puestos de elección.
La decisión de la SCJN sobre deudores alimentarios vetados de elección popular
Vale recordar que los deudores alimentarios, en su mayoría, son hombres que tienen la obligación de pagar pensiones a sus ex esposas que se dedicaron al hogar, y para mantener a sus hijos menores de edad, o que realizan estudios profesionales.
De acuerdo con la Corte, esta medida está construida como un medio de presión para obligar a que quien aspire a ocupar determinado cargo público, deba estar al corriente de sus obligaciones alimentarias.
Esta determinación ocurre como respuesta a la impugnación que hizo la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) con la reforma en Yucatán, por considerar que este requisito viola los derechos de igualdad y no discriminación, de acceso a un cargo público para los hombres.
Ante las críticas por su postura, la CNDH respondió que inhabilitar a deudores alimentarios morosos para que accedan a un cargo público es contraproducente porque les impide obtener recursos para cumplir con las pensiones.
En cuanto a las posturas de los y las ministras, la presidenta de la SCJN, Norma Piña, aclaró que el Congreso de Yucatán ya extendió el veto a todos los aspirantes a puestos de elección que tengan deudas de este tipo, no sólo a los independientes.
Y quienes votaron en contra fueron el ministro Javier Laynez y el ministro González Alcántara pues señalaron que, por ejemplo, los burócratas de Yucatán están sujetos a descuentos automáticos para pagar pensiones.
Por lo que se veta de acceder a estos cargos de elección popular a personas a las que es mucho más fácil obligar a pagar, que aquellas que no tienen un empleo estable.
Los deudores alimentarios en Yucatán
En Yucatán, un deudor alimentario es aquel que deja de pagar la pensión durante más de 90 días, existiendo orden judicial para que lo haga, pero el veto para los puestos públicos aplica aunque no exista alguna acusación penal en su contra.
Además de esto, la SCJN avaló una reforma que se hizo la Ley Electoral de Nuevo León, que impide ser candidatos a personas sentenciadas por:
- delitos sexuales
- familiares
- de violencia política
- de violencia de género contra las mujeres
- y de no pago de pensiones