La discusión en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la prisión preventiva oficiosa continuó este jueves 24 de noviembre donde las y los ministros votaron un proyecto relacionado con los delitos fiscales y esta medida cautelar.
Este debate fue la continuación de lo ocurrido el pasado martes 22 de noviembre de la prisión preventiva oficiosa, proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales.
El nuevo proyecto del ministro Luis Maria Aguilar Morales planteó resolver la acción de inconstitucionalidad 130/2019 y su acumulada 136/2019, señalando que se debe entender a la prisión preventiva oficiosa como una medida cautelar “no automática” e invalidarla para los delitos fiscales que se añadieron al artículo 19 constitucional impulsado por el gobierno de AMLO.
El pleno de la SCJN votó a favor de invalidar una parte de la reforma de 2019 propuesta por el presidente AMLO en la que se incluyó tres delitos fiscales con prisión preventiva oficiosa a la Constitución.
Tras votar los tres apartados del proyecto del ministro Aguilar Morales de la prisión preventiva oficiosa y los delitos fiscales, el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, finalizó la sesión de este 24 de noviembre.
Pese a esto, la mayoría del pleno de la Corte votó por mantener vigente la prisión preventiva de manera oficiosa para otros delitos.
Ministra Loretta Ortiz Ahlf no estaba tan atenta al debate en la SCJN
Durante la votación del primer apartado del proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales, la ministra Loretta Ortiz Ahlf demostró que no estaba tan atenta a la discusión.
Cuando fue su turno para emitir su voto sobre declarar inválida la prisión preventiva oficiosa para los delitos fiscales, la ministra Ortiz dijo: “en contra del sentido del proyecto, es decir de la invalidez del artículo 19 constitucional, anunciando voto particular”.
En ese momento, el ministro Aguilar Morales hizo una cara épica pues lo dicho por su compañera ministra no estaba relacionado con su proyecto.
Y al explicar su voto, aclaró que no propuso la invalidez del artículo 19 constitucional: “Por cierto que no estoy proponiendo la invalidez del artículo 19 constitucional pero bueno”.
La primera votación de la SCJN relacionada con la prisión preventiva oficiosa
Por mayoría calificada, el pleno de la SCJN invalidó la figura de prisión preventiva oficiosa contenida en:
- el artículo 167, párrafo séptimo del Código Nacional de Procedimientos Penales
- el artículo 5, fracción XIII de la Ley de Seguridad Nacional
Pero solo para los tres delitos fiscales considerados en el artículo 19 constitucional agregados en 2019: contrabando, defraudación fiscal y facturas falsas, pues no consideraron que sean un ataque a la seguridad nacional.
Con esta decisión de la SCJN, ahora las personas acusadas por delitos fiscales podrá recibir la medida de prisión preventiva pero justificada, es decir, dictada por un juez y no de manera oficiosa.
Para los demás delitos incluidos en el artículo 19 constitucional seguirá vigente la figura de prisión preventiva oficiosa.
SCJN mantiene prisión preventiva oficiosa
En otra votación que realizó el pleno de la SCJN sobre el proyecto del ministro Aguilar Morales, se desechó el apartado que proponía que el juez no impusiera de manera automática la prisión preventiva oficiosa, por lo que seguirá vigente.
5 ministros votaron a favor y 6 se pronunciaron en contra; el apartado del proyecto proponía que el juez no aplique en automático esta medida cautelar sino que analice cada caso y determine si procede imponerla.
Esta nueva propuesta establecía que la prisión preventiva oficiosa no debe ser automática, sino que, en todos los casos, tendría que existir un debate en el cual la fiscalía compruebe mantener en prisión al acusado mientras se le juzga.
La nueva interpretación, el ministro presidente Arturo Zaldívar no la apoyó porque insistió en que la figura de la prisión preventiva oficiosa no puede ser aceptada ya que viola derechos humanos reconocidos internacionalmente, es decir, Zaldívar sostuvo la postura de invalidar totalmente esta medida y consideró que el proyecto no proponía eso.
“Esta segunda interpretación no es sostenible constitucionalmente, ni técnicamente, lo digo con todo respeto, es una creación artificial de nosotros como intérpretes”.
Arturo Zaldívar
La sesión de la SCJN sobre la prisión preventiva oficiosa se puede seguir a continuación: