La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que es inconstitucional la pena de prisión vitalicia o cadena perpetua en México, ya que viola el derecho a la reinserción; esto dijeron los ministros.
La discusión del proyecto se basó en el análisis del artículo 127 del Código Penal del estado de Chihuahua planteado desde 2015, a cargo del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, debido a un amparo directo contra una condena de cadena perpetua.
En este mismo artículo estatal, se plantea que es posible condenar a alguien a cadena perpetua si se le encuentra responsable de tres o más homicidios, aunque se considera en la Constitución como una pena inusitada.
SCJN declara inconstitucional la cadena perpetua en México
Fue durante la sesión de hoy lunes 2 de diciembre que el Pleno de la SCJN decidió que la cadena perpetua es inconstitucional, ya que además de violar el derecho a la reinserción puede constituir en un trato inhumano y degradante.
El amparo directo fue presentado en 2015 por Juan Carlos Gámez Bernal ante una condena de cadena perpetua, el cual fue concedido por la SCJN con votación unánime, por lo que se establecerá la pena sumatoria por cada uno de los homicidios.
Sin embargo, como mencionó durante la sesión, la ministra presidenta de la SCJN, Norma Piña, también se establece el análisis de fondo de la cadena perpetua en México, no solamente de resolver el amparo directo.
Esto fue secundado por el ministro Jorge Pardo Rebolledo, señalando que el imputado no busca impugnar el artículo 127 del Código Penal de Chihuahua, por lo que no se deroga, aunque el análisis de la cadena perpetua en México sí es de trascendencia.
La ministra Loretta Ortiz explicó que en la Constitución Mexicana se establece el principio de reinserción, además de que acorde con su artículo 22, la cadena perpetua en México es una pena inusitada.
En consecuencia, el análisis propuesto por el ministro de la SCJN ponente señala que se debe atender el derecho a la reinserción constitucional, además de señalar que la cadena perpetua es degradante, acorde también con los derechos humanos.
De impedir la reinserción de manera absoluta, la cadena perpetua genera el riesgo de no redimirse, además de que el no tener la expectativa de ser puesto en libertad o revisión de la pena es degradante acorde con el proyecto.
El caso que provocó la revisión fue el de Juan Carlos Gámez Bernal, quien fue sentenciado a cadena perpetua por participar en la masacre en el bar La Mascota, de Chihuahua, el 14 de octubre de 2011.
Juan Carlos Gámez recibió la sentencia por participar en el asesinato de 3 hombres y una mujer.
¿Qué pasa con la cadena perpetua en México? Chihuahua uno de los estados en aplicarla
Como se mencionó en la sesión de la SCJN, la cadena perpetua en México es una pena inusitada, que además de Chihuahua, está en otros códigos penales estatales de manera específica.
Son 4 las entidades de México las cuales consideran el término cadena perpetua en sus códigos penales, sin embargo, en otros 23 estados se contemplan penas máximas de hasta 110 años por delitos graves:
- Puebla
- Quintana Roo
- Veracruz
- Chihuahua
En el Estado de México, si bien se reformó el término cadena perpetua en 2011, la condena por extorsión con agravante u homicidio calificado contra familiares, así como violación múltiple, va desde los 3 meses hasta prisión vitalicia.
Sin embargo, tras la discusión de la SCJN, señalando que es inconstitucional la cadena perpetua, en México podría anularse, ya que dicta el proyecto que los legisladores deben determinar si es proporcional mediante un estudio que lo justifique.
Por otra parte, este fallo de la SCJN referente a la cadena perpetua en México podría traer problemas referente a la extradición a Estados Unidos, ya que no se debería aplicar para que el prisionero sea entregado.