Siguiendo con el proceso de las elecciones 2025 del Poder Judicial, la Sala Superior del Tribunal Electoral aseguró que estas no se pueden suspender, por lo que dio luz verde para continuar.
Esto fue aprobado por tres votos a favor de Mónica Soto, Felipe Fuentes y Felipe de la Mata, así como dos en contra de Janine Otálora y Reyes Rodríguez Mondragón.
En las elecciones 2025 del Poder Judicial, a celebrarse el próximo junio de 2025, se renovarán 850 cargos judiciales. Este proceso aún sigue en la postulación de cargos, convocatoria que termina el 24 de noviembre.
Tribunal Electoral asegura que elecciones 2025 del Poder Judicial no pueden ser suspendidas
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dio luz verde para continuar con los procesos para las próximas Elecciones 2025 del Poder Judicial en México al señalar que las suspensiones emitidas por jueces no pueden frenar este proceso.
El magistrado Felipe Fuentes comentó que ninguna autoridad tiene la facultad para impedir que el Instituto Nacional Electoral (INE) realice sus obligaciones para la organización de las elecciones 2025 del Poder Judicial.
“Ninguna autoridad, poder u órgano del estado pueden suspender, limitar, condicionar o restringir las actividades relativas a las etapas del proceso electoral extraordinario 2024-2025 para la elección de cargos en el Poder Judicial de la Federación”, aseguró.
Por su parte, el magistrado Felipe de la Mata dijo que suspender los procesos electorales generaría una situación de inconstitucionalidad.
Magistrados se opusieron a Elecciones 2025 del Poder Judicial
A pesar de que se aprobó continuar con el proceso de las Elecciones 2025 del Poder Judicial, dos magistrados se opusieron a esta propuesta: Janine Otálora y Reyes Rodríguez Mondragón.
La magistrada Janine Otálora argumentó que deben esperar al pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que aún no resuelve distintas consultas relacionadas con este tema.
Asimismo, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón dijo que pronunciarse de forma anticipada genera incertidumbre jurídica sobre las competencias dentro del Poder Judicial.
“La propuesta está extralimitando la competencia de la Sala Superior al conocer de manera directa o indirecta, el efecto es conocer sobre las suspensiones dictadas en materia de amparo, y es equivalente a validar o invalidar los efectos de resoluciones dictadas por juzgados de distrito”, señaló.