Sergio Santamaría Chamú, juez primero de Distrito con sede en Morelia, Michoacán, ordenó a los consejeros del Instituto nacional Electoral (INE) suspender la organización de las elecciones 2025 Poder Judicial.
El juez de Morelia también ordenó al secretario de Hacienda y Crédito Público y de la Tesorería de la Federación se abstengan de extinguir los fondos y fideicomisos del Poder Judicial.
Esta resolución se derivó del amparo solicitado por la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito contra la reforma al Poder Judicial.
Multan a los 11 consejeros del INE y a 2 funcionarios
El juez también impuso una multa por cada uno de los once consejeros y dos funcionarios federales por 107 mil 570 pesos cada uno y les advirtió que de no cumplir impondrá otra multa.
Previamente los once consejeros ya han tenido tres multas por 54 mil pesos cada una debido a no acatar suspensiones otorgadas contra la reforma judicial. Dichas multas fueron interpuestas por otro juez de Colima.
Juez de Morelia ordena al INE suspender elección de jueces y magistrados
El juez Sergio Santamaría Chamú señala en el documento que las elecciones de jueces y magistrados deben suspenderse.
El documento dice “El Consejo General del Instituto nacional Electoral ordene la suspensión en la etapa en la que se encuentre el proceso electoral extraordinario 2024-2025, respecto a la categoría de juez y jueza de distrito, así como magistrado y magistrada de circuito”
También dice que el secretario de Hacienda y el titular de la Tesorería de la Federación se abstengan de “extinguir los fondos, fideicomisos, mandatos o contratos análogos que actualmente existen en el Poder judicial de la Federación”.
Ello además de “enterar los recursos, remanentes productos y aprovechamientos que existan en dichos instrumentos a la Tesorería de la Federación o destinarlos a la implementación y demás propósito del decreto reclamado, con excepción de las indemnizaciones que se deban ser cubiertas para los integrantes del Poder Judicial”.
También le pide que se abstenga de “suprimir, reducir, retener o cancelar las pensiones complementarias a quienes se encuentre en condición de retiro o pensión, o a las personas beneficiarios”.