Lenia Batres Guadarrama podrá seguir bloqueando en Twitter (ahora X), ya que jueces desecharon amparos interpuestos por los ciudadanos que fueron bloqueados en la red social por “la ministra del pueblo”.

Fue el pasado 19 de enero que se dio a conocer que un ciudadano promovió un amparo en contra de Lenia Batres por haberlo bloqueado a él y a sus comentarios en Twitter, asegurando que es ilegal y anticonstitucional.

Y es que de acuerdo con dicho amparo, Lenia Batres violó diversos artículos de la Constitución Mexicana bloqueando a ciudadanos, así como la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre los servidores públicos.

Lenia Batres podrá seguir bloqueando a ciudadanos en Twitter: jueces desechan amparos contra la ministra

Jueces federales desecharon dos amparos interpuestos por José Marrero y Diego Pérez en contra de la ministra Lenia Batres, por haberlos bloqueado en redes sociales, situación que podría crear un precedente.

Fueron los jueces Julieta Ramírez Fragoso (Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil) y Germán Cruz Silva (Segundo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México) quienes desecharon los amparos.

Y es que en argumentaron que no fueron afectados sus derechos humanos, además de que el amparo interpuesto por Diego Antonio no presentó una prueba tendente de que Lenia Batres lo tenga bloqueado, por lo que fue desechado.

Por otra parte, en el caso de José Clemente, el amparo 99/2024 fue sobreseído debido a que no podía ser materia de juicio que la ministra Lenia Batres restrinja sus comentarios en Twitter en un futuro.

El juez en este caso argumentó que el hecho de que Lenia Batres restrinja sus comentarios o no, es de un futuro incierto, haciendo uso de una expectativa sobre su actuar sin ser verificable.

A su vez, los jueces defendieron que Lenia Batres no ha impedido que los usuarios tengan libertad de expresión, ya que solamente limitó los comentarios en sus publicaciones de sus seguidores, ya que la propia ministra negó haber bloqueado a alguien.

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¿Qué dice la Constitución y la SCJN sobre los comentarios limitados de Lenia Batres? Esto argumentaron los amparos ciudadanos

En 2019, la SCJN determinó que los funcionarios públicos no pueden limitar sus redes sociales a los ciudadanos, ya que esto restringe la libertad de expresión y el acceso a la transparencia.

Por otra parte, los amparos presentados contra Lenia Batres citan los artículos 1, 6 y 8 constitucionales, los cuales habrían sido violentados por la ministra; esto es lo que dicen:

  • Artículo 1°: todas las autoridades deben proteger y garantizar los derechos humanos, por lo que está obligado a reparar y sancionar sus violaciones.
  • Artículo 6°: “La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa [..]. Toda persona tiene derecho aliare acceso a información plural y oportuna [..] por cualquier medio de expresión”.
  • Artículo 8°: “Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa”.
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