La Ley Federal de Austeridad Republicana, aprobada en noviembre de 2019, fue derogada por un juez.

Un juez federal resolvió que el Congreso de la Unión no tenía facultades para aprobar en la Ley Federal de Austeridad Republicana el candado que impide a funcionarios no trabajar en empresas a las que regularon durante 10 años.

Abel Méndez Corona, juez segundo del Centro Auxiliar de la Primera Región, concedió el 1 de febrero el primer amparo contra la Ley Federal de Austeridad Republicana al considerar el candado para funcionarios como inconstitucional.

La denuncia fue presentada por un exfuncionario del sector financiero, al que la Sociedades Financieras de Objeto Múltipl (Sofom) Consupago le negó un empleo en septiembre de 2021.

El rechazó por parte de la empresa hacía el exfuncionario se debía a que no habían pasado 10 años de que este terminará funciones en el gobierno mexicano.

Cabe señalar que este ha sido el primer caso en el que una empresa del sector sector privado niega un empleo a un exfuncionario alegando el candado de 10 años establecido en la Federal de Austeridad Republicana, aprobada en 2019.

¿Por qué la Ley Federal de Austeridad Republicana fue derogada por un juez?

El juez Abel Méndez Corona explica que el Congreso de la Unión requería una habilitación específica en la Constitución para legislar en materia de “austeridad republicana” ya que se trata de una política de Estado.

El juez se pronunció específicamente, sobre el artículo 24 de la ley, el cual establece un “candado” de 10 años para que un exfuncionario público de alto nivel puede volver a trabajar en empresas privadas.

Abel Méndez Corona apuntó que le plazo de 10 años es excesivo porque los servidores públicos que ocupan cargos de mando superior difícilmente podrán trabajar en un actividad distinta a la que desempeñan.

”Por el grado de especialización, la experiencia del personal de mando superior puede ser relevante para la iniciativa privada, pero el plazo de diez años genera incentivos perversos que afectan sus posibilidades reales de contratación.”

Abel Méndez Corona

Una vez que el amparo sean confirmado para el exfuncionario, cuyo nombre ha sido censurado en todas las notificaciones de este litigio, la empresa Consupago tendrá que reconsiderar su solicitud.