La bancada de Morena y sus aliados aprobaron en fast track la reforma a Ley Minera que fue enviada por el gobierno federal a la media noche con discusión de carácter urgente.
Con 275 votos a favor, 187 abstenciones y 24 en contra, el grupo parlamentario de Morena aprobó en lo general la Ley Minera.
Al momento de la discusión de la Ley Minera en la Cámara de Diputados, los partidos de oposición PAN, PRI y PRD se encontraban ausentes.
Lo anterior debido a que se negaron a discutir la iniciativa de reforma tras el rechazo a la moción suspensiva que solicitaban para analizar la Ley Minera con calma.
“Ustedes quieren un país autoritario, un país sin libertades, un país donde un falso mesías haga lo que sea su voluntad, no sean lacayos”.
Anuar Roberto Azar Figueroa, diputado del PAN
Cámara de Diputados avala en lo general y en lo particular iniciativa de la Ley Minera; dictamen se turnará al Senado
La Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular el proyecto de decreto de la Ley Minera, el dictamen se turna al Senado de la República para los efectos constitucionales.
Según expuso el líder de la bancada de Morena en el Senado, Ricardo Monreal, la discusión de la Ley Minera podría empezar el próximo martes 19 de abril o miércoles 20 del mismo mes.
Ricardo Monreal, afirmó que en la Cámara de Senadores la Ley Minera no pasará en ‘fast track’.
¿Qué es la Ley Minera?
De acuerdo con AMLO, con la reforma a la Ley de Minera, el gobierno federal pretende proteger la explotación del litio en favor del Estado mexicano, según explicó el presidente durante su mañanera del 18 de abril.
La iniciativa del presidente AMLO propone reformar los artículos 1, 5, 9 y 10 de la actual Ley minera, reglamentaria del artículo 27 de la Constitución federal:
Artículo 1 de la Ley Minera: propone que “la exploración, explotación y aprovechamiento del litio quedará a cargo de un organismo público descentralizado.
Dicho organismo se creará en términos del artículo 10 de la presente Ley, según expone la iniciativa de reforma.
Artículo 5 de la Ley Minera: “Se declara de utilidad pública la exploración, explotación y aprovechamiento del litio, por lo que no se otorgarán concesiones, licencias, contratos, permisos, asignaciones o autorizaciones en la materia”.
Asimismo la reforma al artículo 5 de la Ley Minera declara que “serán consideradas zonas de reserva minera aquellas en que haya yacimientos de litio”.
Artículo 9 de la Ley Minera: propone que el Servicio Geológico Mexicano auxiliará al organismo descentralizado en creación para ubicar y reconocer áreas geológicas en las que existan reservas probables del litio.
Artículo 10 de la Ley Minera: destaca que el nuevo organismo, propuesto en la reforma del artículo 1 se realizará “como lo determine el Ejecutivo, en términos de las disposiciones aplicables”.