La Cámara de Diputados aprobó aumentar la licencia de paternidad de 5 a 20 días laborables con goce de sueldo.

Este 12 de diciembre, diputados aprobaron extender la licencia de paternidad en beneficio de los trabajadores del sector público y privado.

Ya que la Ley Federal del Trabajo sólo contempla 5 días de licencia de paternidad y una licencia de maternidad de 12 semanas.

Ante la aprobación en lo general como en lo particular en la Cámara de Diputados, la iniciativa será turnada a la Cámara de Senadores donde será discutida para sus efectos constitucionales.

Esto dice la iniciativa para aumentar la licencia de paternidad de 5 a 20 días laborables

La iniciativa que busca aumentar la licencia de paternidad de 5 a 20 días laborables, contempla que aplique a trabajadores del sector público y privado con goce de sueldo en el tiempo establecido.

Además, la licencia aplicará para hijos tanto de nacimiento como de adopción y en caso de complicaciones hacia el hijo o la madre, la licencia puede extenderse hasta los 30 días.

La propuesta para la licencia de paternidad fue votada por 412 legisladores de la Cámara de Diputados y los votos quedaron de la siguiente manera:

  • 409 a favor
  • 1 en contra
  • 2 abstenciones

¿Cómo solicitar licencia de paternidad?

El Consejo de la Judicatura Federal desplegó la serie de pasos para solicitar actualmente la licencia de paternidad, cuyo trámite puede iniciarse en dos casos:

  • antes del nacimiento del bebé
  • en los primeros nueve meses tras el nacimiento del bebé

En el primer caso, los pasos para solicitar licencia de paternidad son los siguientes:

  1. dirigir un escrito con la solicitud a la persona titular de tu área u órgano jurisdiccional de adscripción
  2. al iniciar el proceso de alumbramiento, notifica a la persona titular de tu adscripción; a partir de ese momento iniciará el plazo de la licencia de paternidad
  3. en los primeros 15 días tras el alumbramiento, deberás enviar a la persona titular de tu adscripción el certificado médico de nacimiento con firma electrónica que acredite la paternidad
  4. entregar el acta de nacimiento certificada en tu área de adscripción en un plazo de 30 días naturales
  5. los documentos quedarán bajo resguardo del órgano o área de tu adscripción

En el segundo caso, en los primeros nueve meses tras el nacimiento, los pasos se reducen a los siguientes:

  1. dirigir un escrito con la petición de la licencia de paternidad a la persona titular de tu área u órgano jurisdiccional de adscripción
  2. adjuntar al escrito la documentación que acredite la paternidad, ya sea certificado de nacimiento (después de los 15 días del alumbramiento) o acta de nacimiento (después de los 30 días)
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