La diputada plurinominal Mariana Gómez del Campo anunció que presentará una denuncia por apología del delito en contra de Morena y el presidente AMLO.
Mariana Gómez del Campo, quien hace unos días votó en contra de la reforma eléctrica de AMLO como el resto de la bancada del PAN, está en contra de que la ciudadanía tenga al alcance la lista de quien votó a favor de qué.
Mario Delgado, dirigente nacional de Morena, anunció que emprenderían una “campaña de información” sobre los diputados que votaron en contra de la reforma eléctrica, a quienes calificaron de “traidores” y “vende patrias”.
Esta “campaña de información” se realizaría en los estados que van a tener elecciones 2022 el próximo 5 de junio, que son los siguientes:
- Aguascalientes
- Durango
- Hidalgo
- Oaxaca
- Quintana Roo
- Tamaulipas
Luego de este anuncio tanto de manera física como digital se repartieron carteles con fotografías de los rostros y nombres de los diputados que votaron en contra de la reforma eléctrica.
Estos cárteles han sido rechazados por la oposición ya que aseguran que ellos no votarían por ninguna reforma que dañara a México.
Mariana Gómez del Campo presentará una denuncia por apología del delito contra Morena y AMLO
Después de que los cárteles se hicieran públicos, la diputada Mariana Gómez del Campo anunció en sus redes sociales que denunciará a la dirigencia Morena y a AMLO por apología del delito.
También los denunciará por:
- Incitación al odio
- Violencia
Asimismo, que también acudirá a las instancias electorales y civiles correspondientes para poder realizar su denuncia.
¿Qué es la apología del delito?
De acuerdo con el artículo 208, del Código Penal Federal, la apología del delito es lo siguiente:
“Al que provoque públicamente a cometer un delito, o haga la apología de éste o de algún vicio, se le aplicarán de diez a ciento ochenta jornadas de trabajo en favor de la comunidad, si el delito no se ejecutare; en caso contrario se aplicará al provocador la sanción que le corresponda por su participación en el delito cometido.”
Aunque este no se ha reformado desde 2007.
No obstante, hay par de propuestas de diferentes legisladores dónde planteaban que se considere también como apología del delito a todas las expresiones realizadas en medios electrónicos o que sean expuestas en lugares públicos de forma impresa.
En caso de que la apología haga referencia a delitos cuya finalidad sea amenazar la vida de cualquier persona o grupo de personas se le aplicará de uno a tres años de prisión en estos supuestos.
Si las expresiones de apología del delito fueran en contra de algún servidor público, la pena podría incrementarse hasta 5 años de prisión por el delito de apología.
En el supuesto de que quien cometa el delito de apología sea el mismo que quien cometiera el ilícito, las penas por el delito de apología se le sumarán a los otros ilícitos cometidos.
Pero, según la última versión del Código Penal Federal de 2021, este artículo sigue sin reformarse.