El Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) borrar su conferencia mañanera del 2 de febrero, por hablar sobre la revocación de mandato.
Este 8 de febrero, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE determino emitir medidas cautelares al presidente AMLO para que se abstenga de comentar sobre la revocación de mandato.
Las medidas cautelares derivan de una denuncia del PRD, quien acusó al presidente AMLO de indebida utilización de recursos públicos y la ilegal promoción de la revocación de mandato en su mañanera del 2 de febrero.
AMLO pone en riesgo la imparcialidad de la revocación de mandato: INE
Tras la denuncia del PRD, el INE determinó que el presidente AMLO en su conferencia mañanera se posición respecto al proceso de revocación de mandato.
Por lo que se advierte la existencia de un riesgo inminente a los principios rectores de imparcialidad y neutralidad del proceso revocatorio.
Los integrantes de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE estimaron que la conducta del presidente AMLO es contraria a la prohibición constitucional.
Debido a que el presidente AMLO, al ejercer su libertad de expresión como funcionario público, debe considerar la restricción de promocionar la consulta.
¿Qué medidas cautelares impuso el INE a AMLO?
La Comisión de Quejas y Denuncias del INE determinó establecer las siguientes medidas cautelares al presidente AMLO:
- El presidente AMLO, bajo cualquier modalidad de formato, deberá abstenerse de realizar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones o señalamientos sobre la revocación de mandato.
- Deberá revisar, ajustar, adecuar, modificar o actualizar sus estrategias, programas o políticas públicas, para que su actuar sea imparcial y neutral, sin interferir en la revocación.
- Comunicación Social de Presidencia deberá de abstenerse de presentar, difundir, publicar y poner a disposición de la señal satelital cualquier promoción a la revocación de mandato.
- La conferencia mañanera del 2 de febrero deberá ser eliminada de las plataformas en un plazo no mayor a 6 horas.