Patricia Armendáriz, diputada federal por Morena, se reintegró a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados.
En su cuenta de Twitter, Patricia Armendáriz explicó que se reintegró a la Comisión de Hacienda después de haberse aprobado el dictamen referente al descuento de nómina.
Tras reintegrarse a la Comisión, la diputada morenista dijo que “tiene mucho por hacer”.
“Después de aprobar el dictamen de descuento de nómina por parte de la Comisión de Hacienda estoy de regreso como su Secretaria A. Mucho por hacer”
Patricia Armendáriz. Diputada de Morena
Esto luego de que el pasado 3 de marzo, Patricia Armendáriz informó que se dio de baja de la Comisión de Hacienda y explicó sus motivos.
¿Por qué Patricia Armendáriz se dio de baja de la Comisión de Hacienda?
La diputada Patricia Armendáriz detalló que su baja de la Comisión de Hacienda se debió a que no puede participar en temas que “potencialmente impliquen un conflicto de interés’'.
Aunque en aquella ocasión dijo que todo su ‘expertise’ en temas hacendarios los seguiría aportando “por el bien de México”.
Según la diputada, sólo se dio de baja de una sesión de la Comisión de Hacienda porque no puede emitir voto alguno cuando hay la posibilidad de un conflicto de interés.
Además de que en ese momento se encontraba hospitalizada, por lo que le solicitaron darse de baja en esa sesión.
En la sesión a la que Patricia Armendáriz se ausentó, la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados aprobó este 8 de marzo con 21 votos a favor y 18 en contra reformas a diversas leyes para regular el denominado “crédito de nómina”.
El crédito de nómina se trata de un financiamiento que se otorga usando como garantía el pago quincenal que reciben los empleados.
Dicho crédito permitirá que los jefes descuenten y paguen los créditos de nómina que tengan sus empleados, o bien, implementará la “Cobranza Delegada” cuando un trabajador solicite un préstamo.
El dictamen avalado adiciona una Sección Tercera al apartado Del Crédito de Nómina con Cobranza Delegada, como parte del Capítulo IV de la “Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito”.
“Cuando en el contrato de apertura de crédito simple se pacte la obligación de la persona acreditada de realizar los pagos correspondientes mediante el libramiento de una orden de pago, cualquiera que sea la forma en que a esta se le denomine, para que un tercero que tenga el carácter de empleador realice el entero de dichos pagos con cargo a una o más de las fuentes de pago señaladas en este artículo, se denominará crédito de nómina con cobranza delegada”
Artículo 310 Bis