El debate de la prisión preventiva oficiosa actual en México podría explicarse al relatar la historia de Daniel García y Reyes Alpízar, dos hombres que pasaron casi 18 años presos bajo esta figura, sin sentencia y por un delito que, aseguran, no cometieron.
Daniel García y Reyes Alpízar son la imagen de la prisión preventiva más larga de la historia: 17 años y 6 meses presos, en los penales de Barrientos y Neza-Bordo, sin recibir una sentencia.
Desde 2002 fueron acusados, sin pruebas, por la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado de México (PGJEM) del homicidio de María de los Angeles Tamés Pérez, regidora del municipio de Atizapán de Zaragoza, ocurrido en septiembre de 2001.
Fue hasta 2019 que otro juez determinó cambiar su medida cautelar para que llevaran su proceso en libertad con un brazalete geolocalizador y sin la posibilidad de salir del Estado de México.
¿Qué pasó?, ¿cómo fueron detenidos Daniel García y Reyes Alpízar?, ¿qué tiene que ver su caso con la prisión preventiva oficiosa?
La detención, sin pruebas, de Daniel García y Reyes Alpízar
En entrevista con SDPnoticias, David Peña, abogado de Daniel García y Reyes Alpízar, explicó qué sucedió desde la detención de ambos hombres y hasta días recientes, con la audiencia ante la Corte IDH que analiza este caso.
Primero fue Daniel García Hernández, detenido el 25 de febrero de 2002, acusado de varios delitos pero el principal, el homicidio de María de los Angeles Tamés Pérez; estuvo 45 días arraigado y en este lapso de tiempo, fue víctima de tortura psicológica.
“Buscaban que Daniel firmara documentos auto inculpatorios [...] Al término de los 45 días de arraigo, lo llevan al al juez, lo vinculan a proceso y le dictan la prisión preventiva oficiosa porque el delito era homicidio”.
David Peña, abogado de Daniel y Reyes
En cuanto a Reyes Alpízar, él fue detenido el 25 de octubre de 2002 sin orden de aprehensión; en su caso, durante su arraigo, fue torturado físicamente. Y pasó lo mismo, lo vincularon por homicidio y le dictaron prisión preventiva oficiosa.
De acuerdo con su abogado, ambos hombres fueron detenidos sin datos de prueba, sin elementos en su contra y sin orden de aprehensión. Además de que les imputaron delitos como extorsión y delincuencia organizada.
A pesar de que no habían datos de prueba en su contra, la privación de la libertad de Daniel y Reyes fue posible por la figura de prisión preventiva oficiosa, automática.
Fue hasta 2007 que, defendiéndose solos, lograron desmarcarse de 4 delitos, fueron exonerados y solo se quedaron con el delito de homicidio.
De prisión preventiva oficiosa a brazalete geolocalizador
De 2002 a 2019, Daniel García y Reyes Alpízar lucharon para excluir las pruebas obtenidas bajo tortura que siguen en su carpeta.
“Se mantuvieron en la defensa ni siquiera para demostrar su inocencia, sino para demostrar la fabricación de la Procuraduría del Estado de México”.
David Peña, abogado de Daniel y Reyes
Fue en este proceso que ambos hombres presentaron más de 100 recursos judiciales, entre ellos, recursos de amparo donde pedían el cambio de la medida cautelar pero que reiteradamente se le negaba.
Uno de estos amparos llegó a revisión y es cuando en 2019, un tribunal colegiado dicta que sí tienen derecho a otra medida cautelar y se les cambia por el brazalete geolocalizador. En agosto de ese año, ambos salieron de prisión.
El avance del proceso penal contra Daniel y Reyes llegó al 12 de mayo de 2022, cuando se les dictó una sentencia condenatoria por 35 años de cárcel por el homicidio de la regidora, decisión que ya fue apelada y esperan continuar con un amparo.
“Hay un acuerdo de autoridades para no atender el caso, no resolver el asunto y ese concierto de autoridades implica al propio Poder Judicial del Estado de México”, dijo el abogado.
¿Quién es Daniel García?
Daniel García tiene 57 años de edad y recuerda que fue detenido cuando tenía 35; de oficio pastelero, el hombre trabajó 22 años en la política en Atizapán, Estado de México.
En entrevista con SDPnoticias, Daniel García contó que se unió al PRI desde los 14 años, fue dirigente de la Liga Municipal y a los 17 empezó a trabajar en el gobierno municipal.
Desde esa edad fue secretario particular, asesor, regidor y director de ingresos pero también se dedicó a los negocios familiares pues tenían un restaurante, una panadería y ganado.
En 1997 renunció al PRI pero debido a su cercanía con Juan Antonio Domínguez Zambrano, presidente municipal de Atizapán, fue invitado a ser su secretario particular en el año 2000, puesto que ocupó por solo 4 meses.
“A mi me detienen sin ningún elemento de prueba, nos enteramos que los elementos de prueba los fabrica la procuraduría cuando estamos arraigados, durante los hechos de tortura y de coacción”.
Daniel García
Las amenazas que recibió el señor García fueron por parte del entonces subprocurador del Estado de México, Rogelio Figueroa Vázquez.
Daniel García comenzó a defenderse por su cuenta cuando se quedaron sin patrimonio, 5 años después de su detención. En prisión, el hombre también tuvo que enfrentar la muerte de su padre, en 2011.
Y respecto a las consecuencias de todo lo que ha vivido, (detención arbitraria, tortura, fabricación de delitos), señaló que lo más grave es en la familia pues padres murieron “con el dolor de no haberme podido liberar, además de eso, la incertidumbre de mis hermanos, de mis hijos”.
La prisión preventiva y el caso García y Alpízar
El abogado David Peña refirió que la prisión preventiva oficiosa puede entenderse de manera sencilla al saber que cualquier restricción a los derechos humanos tiene límites.
“Sin embargo, hoy lo que pasa es que la prisión preventiva oficiosa no tiene un límite porque está literalmente impuesta en la Constitución. No ves si la persona puede cometer otro delito, se puede ir a la fuga, si tienen algún riesgo, si puede atentar contra las víctimas, no, independientemente del que sea el los delitos que están en el artículo 19 constitucional, te imponen la prisión preventiva”.
David Peña, abogado de Daniel y Reyes
Y esa imposición automática es lo que se discute como contraria a los derechos humanos.
De acuerdo con el abogado, el centro de la discusión es que se analice caso por caso, y que eso no implica “puerta giratoria”: “lo que ahora pasaría es que el Ministerio Público tendría que justificar la necesidad de que estén en prisión”.
La privación de la libertad es la última medida que el Estado debe imponer a personas imputadas de algún delito, pero al día de hoy, la prisión preventiva oficiosa es la primera.
Por su parte, Daniel García señaló que la prisión preventiva oficiosa es una de las principales causas por las cuales la impunidad existe en México: “esa es la razón principal por la cual no trabajan los policías, ni los agentes del Ministerio Público”.
Y es que, de acuerdo con García, en México no existe la investigación porque sí existe la posibilidad de acusar sin pruebas y de que personas vayan a prisión por el hecho de que la medida es oficiosa.
“¿Qué pasaría si se elimina la prisión preventiva oficiosa? Pues esa facultad automática que tiene el Ministerio Público y se la vamos a pasar a un juez de control que en una audiencia pública debe acreditar por qué razón la persona debe de permanecer en prisión”.
Daniel García
“No como hasta ahora, que la justicia se negocia”, sentenció Daniel García al reiterar que lo más importante es la transparencia, que la sociedad sepa quién es el juez, el ministerio público y si están haciendo su trabajo.
Caso Daniel García y Reyes Alpízar frente a la Corte IDH
El pasado viernes 26 de agosto de 2022, se realizó una audiencia pública frente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sobre el caso Daniel García y Reyes Alpízar contra el Estado mexicano.
David Peña dijo que muy posiblemente la sentencia sea condenatoria contra México y el uso de la prisión preventiva oficiosa, así como la figura del arraigo.
“¿Cómo alegas que un proceso de casi 18 años en prisión preventiva es un proceso razonable, que es un proceso bien llevado cuando las personas estuvieron todos esos años sin una sentencia? Porque eso fue lo que hizo la representación de México ante la Corte”.
David Peña, abogado de Daniel y Reyes
El impacto de esta sentencia es la muy posible desaparición de la prisión preventiva oficiosa y el arraigo, con la modificación del texto constitucional que las sostiene.
Casi en el mismo sentido es lo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá el próximo 5 de septiembre: proyectos que proponen la inconstitucionalidad de la prisión preventiva oficiosa.
Luego de haber escuchado a las partes involucradas, la Corte IDH emitirá una sentencia donde definirá si los derechos de Daniel García y Reyes Alpízar fueron violados, y se pronunciará sobre la utilización de las figuras de prisión preventiva oficiosa y arraigo.
“A la Corte Interamericana nuestro ruego es de justicia, que tengamos justicia desde un tribunal internacional, esa justicia que nos fue negada en nuestro propio país”, finalizó Daniel García.