El presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) envió una iniciativa a la Cámara de Diputados a fin de ampliar el catálogo de enfermedades de trabajo e incluir los trastornos mentales como estrés, ansiedad y depresión.

Se trata del Grupo lV de la lista de enfermedades de trabajo que agrupa trastornos mentales y que quedaría de la siguiente manera:

  1. Trastorno de ansiedad
  2. Trastornos no orgánicos de ciclo sueño vigía
  3. Trastornos asociados con el estrés (grave y de adaptación)
  4. Trastorno depresivo

Cualquier trabajador puede padecer ansiedad, depresión o estrés

Aunque la lista de enfermedades de trabajo normalmente distingue entre trabajadores y puestos de trabajo identificando quienes tienen un riesgo alto, medio o bajo, en estos casos no hace esa clasificación.

En esta reforma se destaca que cualquier trabajador o trabajadora en cualquier puesto puede padecer este tipo de trastornos mentales y su gravedad dependerá de factores de riesgo psicosocial laborales negativos enfrentados y las características de exposición a ellos.

No obstante, sí hace un listado para mencionar algunos trabajos que como otros pueden tener trabajadores con estrés, ansiedad o depresión: salud, educación, transporte, atención a usuarios, seguridad pública, atención de desastres y urgencias, buceo industrial, comercio, industria, bancos, financiero, etcétera.

De acuerdo con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), 75 por ciento de los trabajadores mexicanos tienen estrés laboral por encima de países como China o Estados Unidos.

¿Cuál será la incapacidad permanente por secuelas de ansiedad, depresión o estrés?

Se va a requerir tratamiento continuado permanente hasta mejorar o controlar los síntomas cuando el trabajador o trabajadora presente: trastorno depresivo, de ansiedad, de estrés postraumático, lesión cerebral que va desde demencias hasta síndromes por contusión cerebral, trastornos del habla.

Los trastornos afectivos se deberán evaluar al menos seis meses después de haber iniciado tratamiento y en los casos de lesión cerebral y trastornos del habla dependerán de las secuelas.

Mostramos algunos ejemplos del porcentaje de indemnización por incapacidad permanente, aunque la Ley Federal del Trabajo especifica varios más:

  • Con sintomatología leve y crisis que no requieran hospitalización: Indemnización de 11 a 25 por ciento
  • Con tratamiento farmacológico especializado permanente: de 26 a 50 por ciento
  • Internamientos recurrentes mayores a una semana por manejo especializado: 51 a 70 por ciento
  • Sin aptitud para ejercer profesión: 71 a 90 por ciento
  • Dependencia de otra persona y/o ausencia de respuesta a tratamiento: 100 por ciento

AMLO propone incrementar enfermedades de trabajo e incapacidades

De esta manera las enfermedades de trabajo pasarían de 161 a 194, de la misma manera, la lista de incapacidades de 409 a 524.

Incluyen Covid-19 en nuevas enfermedades de trabajo

Entre ellas se encuentra Covid-19, a pesar de que durante la pandemia hubo negativa a considerarla enfermedad de trabajo.

Cabe recordar que el Covid-19 no fue considerada enfermedad de trabajo y hubo resistencias para integrarla debido a los costos que podría generar en las empresas dada la cantidad de contagios y brotes que se dieron en algunas.

De acuerdo con el director del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo, en mayo de 2020 dijo que la enfermedad se podría contraer afuera de la empresa.

Por Covid-19, se especifica que quienes tienen exposición muy alta son:

  • Médicos
  • Enfermeras
  • Dentistas
  • Personal que maneja cadáveres
  • Personal de laboratorio

Riesgo alto:

  • Asistentes médicas
  • Trabajadores sociales
  • Farmacéuticos
  • Técnicos
  • Auxiliares
  • Paramédicos
  • Personal de mantenimiento
  • Personal de transporte médico
  • Lavandería
  • Personal de alimentos

Riesgo medio incluye los trabajaos que realizan atención al público sin que sean unidades médica:

  • Servicio de alimentos
  • Servicios de administración pública y seguridad social
  • Alojamiento temporal
  • Servicios financieros y seguros
  • Servicios personales para el hogar
  • Servicio de transporte público o privado
  • Docencia
  • Cuidados de infantes

Riesgo bajo: quienes no requiere contacto con el publico en general pero con un riesgo mayor a la población en general.

Enfermedades de trabajo deberán actualizarse al menos cada 5 años

Cabe recordar que el Instituto Mexicano del Seguro Social otorga un Seguro por Riesgos de Trabajo, que se puede otorgar por varias razones, entre ellas Enfermedad profesional ocasionada por la exposición constante al medio laboral.

Las modificaciones que presentó AMLO en su reforma son a la Ley Federal del Trabajo en:

  • Artículo 513
  • Artículo 514
  • Artículo 515

En el artículo 514 se va a incluir que la lista de enfermedades de trabajo se revise cada cinco años, al menos, cuando existan estudios o investigaciones que lo justifiquen.