¿Qué es la muerte digna? Puebla se suma al listado de entidades de la república que apoya la Ley de Voluntad Anticipada, por ende, aquí te contamos todo lo que debe saber sobre esta.

Con el fin de que la población no se someta a procedimientos agresivos, o bien, sufra de enfermedades terminales en malas condiciones, diferentes estados promueven la existencia de la muerte digna.

La cual, puede estar condicionada por otras normas como la Ley de Voluntad Anticipada que respeta hasta en los últimos momento las decisiones de los enfermos, a pesar de que estos lleguen a “no tener voz”.

Todo lo que debes saber sobre la muerte digna y Ley de Voluntad Anticipada

Sobre cómo lo hace y qué es en sí la muerte digna, en este espacio encontrarás una sustancial explicación, ya que cualquiera podría recurrir a la medida que relataremos.

¿Qué es la muerte digna?

La muerte digna es un concepto que se refiere al respeto del fin de la vida en etapas y enfermedades terminales sin un deseo de aplicar medidas para alargarla, o bien, acortarla.

Es decir, enfatiza en las acciones a favor de los cuidados paliativos de los pacientes y evita la intervención médica o de aparatos que los mantengan vivos de forma ajena a lo natural.

La muerte digna, dependiente de la Ley de Voluntad Anticipada, es un método que se desarrolla bajo la ortonasia, no de la eutanasia como se cree en la mayoría de los casos.

Y la diferencia entre ambos términos radica que la muerte digna aboga por los cuidados del paciente mientras deja que su muerte ocurra de manera orgánica.

Contrario a la práctica en donde la asistencia médica ocurre para que la muerte sea provocada con toda intención, adelantando el proceso de manera artificial.

Ley de Voluntad Anticipada: Todo sobre la iniciativa de muerte digna

Segúnel portal del Gobierno Federal, la Ley de Voluntad Anticipada es “la decisión que toma una persona de ser sometida, o no, a medios, tratamientos o procedimientos que pretenden prolongar su vida”.

Y al ser un recurso que salvaguarda la muerte digna de las personas, puede solicitarse desde el cumplimiento de la mayoría de edad, sin estar obligatoriamente enfermo.

Para ser parte de la población que recurre a la Ley de Voluntad Anticipada, es importante acercarse a los Servicios de Salud gubernamentales para tramitar la decisión.

Asimismo, cumplir con un procedimiento que culmina en la obtención del documento por Notario Público que de por sentado “una petición libre, consciente, seria e inequívoca” sobre acontecimientos futuros.

En la actualidad, los estados que ya regulan la muerte digna mediante la Ley de Voluntad Anticipada, son:

  • Puebla
  • Ciudad de México
  • Coahuila
  • Aguascalientes
  • San Luis Potosí
  • Michoacán
  • Hidalgo
  • Guanajuato
  • Guerrero
  • Nayarit
  • Estado de México
  • Colima
  • Oaxaca
  • Yucatán
  • Tlaxcala
Todo lo que debes saber sobre la muerte digna y Ley de Voluntad Anticipada

¿Qué se necesita para recurrir a la Ley de Voluntad Anticipada?

Conforme a lo que exponen las autoridades médicas, cualquier persona mayor de edad puede inscribirse a los programas de Ley de Voluntad Anticipada, siempre y cuando sea mayor de edad.

De igual modo, para que el registro sea exitoso, los requisitos indispensables que se deben comprobar ante Notario Público o instituciones de salud, son:

  • Mayoría de edad
  • Pleno uso de facultades mentales
  • Presencia de un notario público
  • Designación de representante y representante sustituto
  • Firma ante dos testigos
  • Identificación oficial vigente del sujeto, representantes y testigos
  • Pago correspondiente

Detalles como si el paciente que estima una muerte digna desea ser donante de órganos, son tratados de manera particular, así pues lo anterior son los requisitos generales, según la Ley de Voluntad Anticipada.