Edmundo Jacobo Molina es una de las personas que se ha quedado sin trabajo con la publicación de la segunda parte del paquete de reformas que conforman el llamado Plan B de la reforma electoral.
Con ello deja atrás casi 15 años al frente de a Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE), pero ya anunció que va a recurrir un amparo para poder volver a su puesto.
Y es que el sueldo que percibía no es nada despreciable, pues ascendía a 246 mil 292 pesos mensuales y percibía un total neto de 167 mil 935.42 pesos.
Pero más allá de su los efectos del Plan B y sus altos ingresos, ¿quién es Edmundo Jacobo Molina?
¿Quién es Edmundo Jacobo?
Edmundo Jacobo Molina nació en Hermosillo, Sonora el 10 de diciembre de 1955. Se desempeñó en la Secretaría Ejecutiva de junio de 2008 a abril de 2014 en el entonces Instituto Federal Electoral (IFE) y de esa fecha hasta este 2 de marzo de 2023 en el ahora en el INE, por lo que en junio de 2023 habría cumplido 15 años.
Previamente de 2003 a 2008 fue director ejecutivo de Capacitación en el Instituto Mexicano del Petróleo.
En la Universidad Autónoma Metropolitana fue rector de la Unidad Azcapotzalco y secretario general.
Edmundo Jacobo y su faceta como filósofo y profesor
Su formación académica fue en la Universidad de Guanajuato, donde estudió Filosofía de septiembre de 1972 a agosto de 1976.
Entre los cursos que tomó Edmundo Jacobo hay uno en convenio entre la Universidad de Harvard y la Universidad de Monterrey en 1996 que se llamó ‘Curso de formación para dirigentes universitarios’.
Otro en ese mismo año fue ‘Primer seminario para líderes universitarios’ de la Universidad de Harvard.
Ha sido profesor e investigador de diversas universidades estatales y en el Instituto Mexicano del Petróleo.
Edmundo Jacobo iba a terminar su cargo en 2026
Edmundo Jacobo Molina se desempeñaba como titular de la Secretaría Ejecutiva y su cargo lo terminaría en 2026.
Su tarea era dirigir el desarrollo de las “actividades encomendadas en las disposiciones aplicables y las asignadas por el Consejo General y la Junta General Ejecutiva”, o sea, actividades administrativas para el funcionamiento de todo el Instituto.
Tenía unidades administrativas adscritas a su cargo para realizar todos los process electorales del INE.
Es decir, el funcionario Edmundo Jacobo coordinaba la mayoría de las oficinas centrales y los órganos desconcentrados del INE en todo el país.
Ante el despido dijo que las actividades del organismo se acotan pues de ser el representante del Consejo General su puesto pasa a ser un órgano auxiliar.
Ahora los propios consejeros tendrán que encargarse de asuntos administrativos pero ello los convierte en juez y parte, dijo.
Edmundo Jacobo Molina va a recurrir a un amparo para volver a su puesto en el INE
Edmundo Jacobo Molina fue corrido pero reclamará su restitución ante tribunales federales y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Y es que fue destituido con la publicación del Plan B de la Reforma Electoral en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que se publicó la madrugada de este 2 de marzo.
Edmundo Jacobo Molina dijo que es ilegal y arbitraria la forma en la que fue separado del cargo, por lo que recurrirá a un amparo.
Manifestó que es el Consejo General el que lo nombró por lo que debería ser el mismo órgano el que lo despida.
Dedican artículo en Plan B para dejar sin chamba a Edmundo Jacobo
El ahora extitular de la Secretaría General recordó que en el Plan B hubo un artículo especial para dejarlo sin cargo, no obstante dijo que las leyes deben ser impersonales y generales.
Se refiere al artículo transitorio número 17 del decreto que dice:
“Décimo Séptimo. Dada la modificación de las facultades de Secretaría Ejecutiva con la entrada en vigor del presente Decreto, la persona titular de dicho cargo cesará en sus funciones a partir de su publicación.”
Transitorio 17 en Plan B
Cabe recordar que ello es producto de la reducción del Servicio Profesional Electoral Nacional (SPEN) para establecer una estructura mínima y con ahorros, lo cual han señalado desde el INE, atenta contra la organización de las elecciones.
Cabe recordar que un primer paquete del Plan B de la reforma electoral aprobado fue el que contenía modificaciones en:
- Ley General de Comunicación Social
- Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Este segundo paquete complementario incluye modificaciones a:
- Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
- Ley General de Partidos Políticos
- Ley Orgánica del Poder judicial de la Federación
- Expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral