¿La propuesta de reforma al Poder Judicial que es impulsada por AMLO y Claudia Sheinbaum contempla que los jueces y magistrados actuales pierdan su empleo? Te contamos.

La virtual presidenta de México, Claudia Sheinbaum, confirmó que buscará que se apruebe la propuesta de reforma al Poder Judicial que presentó el presidente en funciones, AMLO.

En medio de las reacciones negativas de los mercados ante la postura de Claudia Sheinbaum, la propia virtual presidenta garantizó que primero se realizará un diálogo amplio.

Lo anterior debido a que sobre la iniciativa se han generado diversas críticas por los elementos que se incluyen, como el relacionado con la elección popular de jueces y magistrados.

Otro de los planteamientos de la propuesta que ha desatado la preocupación de los mercados, es el que establece que los jueces y magistrados actuales pierdan su empleo.

Pero, ¿en qué consiste la iniciativa que busca que los jueces y magistrados en funciones sean destituidos en caso de que se apruebe la reforma? Te contamos lo que se sabe.

Juez

Reforma al Poder Judicial busca que jueces y magistrados se queden sin trabajo

La reforma al Poder Judicial que Claudia Sheinbaum y AMLO quieren aprobar en septiembre, incluye una propuesta que plantea que jueces y magistrados se queden sin trabajo.

De acuerdo con lo establecido en la página 60 del documento, en caso de que la reforma sea avalada, los integrantes del poder judicial en funciones, serán separados del cargo.

Así se indica en la propuesta que plantea que jueces, ministros, magistrados y consejeros federales, “concluyan su encargo” una vez que los funcionarios electos tomen protesta.

“(Ministros, magistrados, jueces y consejeros) que se encuentren en funciones a su entrada en vigor concluyan su encargo en la misma fecha que tomen protesta las personas servidoras públicas que emanen de la elección extraordinaria que se celebre para la renovación de los cargos de mando del Poder Judicial de la Federación”

Propuesta de reforma al Poder Judicial

En ese sentido, la iniciativa establece que los miembros en activo del Poder Judicial de la Federación que podrían perder su empleo de aprobarse la reforma, son los siguientes:

  • Ministras y Ministros la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
  • Magistradas y Magistrados de Circuito
  • Juezas y Jueces de Distrito
  • Magistradas y Magistrados de la Sala Superior y salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
  • Consejeras y Consejeros de la Judicatura Federal

Cabe destacar que dicho precepto establece que se aplique el mismo proceso de remoción y sustitución para los miles de jueces y magistrados que operan a nivel local.

No obstante, también señala que jueces y magistrados en funciones, pueden continuar en sus puestos si participan y son elegidos en el proceso de selección mediante el voto.

Reforma al Poder Judicial busca que elección popular de jueces y magistrados se celebre dentro de un año; así sería el proceso

Por otro lado, la propuesta de reforma al Poder Judicial plantea que el proceso de elección mediante el voto popular de jueces y magistrados, se haga dentro de un año.

Sobre ello, en la descripción del proceso electoral para la designación de jueces y magistrados, se indica que se realizará un año después de la entrada en vigor de la reforma.

El proceso que se detalla en la iniciativa presentada por AMLO y que Claudia Sheinbaum buscará que se apruebe en el Congreso de la Unión, consiste en lo siguiente:

  1. La Cámara de Senadores tendrá un plazo de treinta días naturales para emitir la convocatoria para integrar el listado de aspirantes a cargos en el Poder Judicial
  2. Los Poderes de la Unión postularán al número de personas aspirantes a los que tengan derecho
  3. La Cámara de Senadores verificará que las postulaciones cumplan los requisitos de elegibilidad aplicables a cada cargo
  4. La Cámara de Senadores remitirá los listados respectivos al organismo público electoral
  5. La autoridad electoral deberá convocar y realizar el proceso electivo extraordinario en un plazo no mayor a un año contado a partir de la fecha de entrada en vigor de la reforma
  6. El organismo público electoral efectuará los cómputos de la elección y los comunicará a la Cámara de Senadores
  7. La Cámara de Senadores deber realizar y publicar de inmediato la suma y enviará los resultados a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)
  8. El TEPJF deberá resolver las impugnaciones, calificará el proceso y declarará sus resultados
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