A través del Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó este lunes 8 de mayo el decreto para la creación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias para los deudores alimentarios morosos.
Los deudores alimentarios morosos estarán registrados ante la ley a fin de dar efectiva protección y restitución de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
Este registro se hizo en la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes en materia de Pensiones Alimenticias.
El Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias se actualizará cada mes
De acuerdo con el DOF, el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias se actualizará cada mes y los deudores alimentarios morosos deberán informar de su situación cada 15 días.
Los Tribunales Superiores de las entidades federativas y de la Ciudad de México (CDMX):
- suministrarán,
- intercambiarán,
- sistematizarán,
- consultarán,
- analizarán y
- actualizarán
La información que se genere sobre el incumplimiento de las obligaciones alimentarias en el ámbito de sus competencias, al utilizar los sistemas e instrumentos tecnológicos del Sistema Nacional DIF para que con ella integre al Registro Nacional de Obligaciones.
Además, los datos recabados en este registro podrán ser utilizados para los fines estadísticos o de análisis que se consideren necesarios.
¿Cómo funcionará el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias para deudores alimentario morosos?
El Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias para deudores alimentario morosos, tendrá datos personales, así como la actualización de datos cada 15 días de las personas que estén dentro de la lista.
Los datos que deberán ser actualizados por los deudores al Juez, o la autoridad responsable del fuero local, con el fin que cumplan con sus obligaciones son:
- Cualquier cambio en su empleo
- Ubicación de empleo
- Puesto o cargo que desempeñará en su empleo
La inscripción al Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias deberá especificar:
- Nombre o nombres, apellidos, Clave Única de Registro de Población y clave y homoclave del Registro Federal de Contribuyentes del deudor alimentario
- Órgano jurisdiccional que ordenó la inscripción, cuantía del cumplimiento de la obligación alimentaria y plazo de pago de los alimentos definitivos
- Datos del expediente o causa jurisdiccional de la cual deriva la inscripción
Es importante mencionar que si se requiere una verificación de un deudor alimentario el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias emitirá certificados de no inscripción, a petición de la parte interesada.
Por lo que, se dispondrá de un sitio web en el cual se genere automáticamente el certificado de forma gratuita y tendrá datos como:
- Nombre o nombres, apellidos y Clave Única de Registro de Población del deudor alimentario
- Órgano jurisdiccional que ordenó el registro, cuantía de la pensión y estado de cumplimiento
También cabe resaltar que se podrá pedir este certificado para documentación y si es deudor no podrá obtener:
- Licencias y permisos para conducir
- Pasaporte o documento de identidad y viaje
- Participar como candidato a cargos concejiles y de elección popular
- Participar como aspirante a cargos de jueces, magistrados en el ámbito local o federal
- Los que se realicen ante notario público relativos a la compraventa de bienes inmuebles y la constitución o transmisión de derechos reales
- Solicitudes de matrimonio por la vía civil