La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las bibliotecas no podrán poner obras a disposición del público sin previa autorización del titular de derechos de autor.

Mediante una resolución, ayer 22 de junio la SCJN determinó que Ley General de Bibliotecas debe sujetarse a lo establecido en la Ley Federal del Derecho de Autor.

“La Ley General de Bibliotecas debe sujetarse a lo dispuesto en la Ley Federal del Derecho de Autor, en particular, respecto a la autorización que los productores y autores otorguen de sus obras”.

SCJN

Esto significa que las bibliotecas no podrán poner a disposición del público, ni en copias o digitalización de las obras sin que esto esté autorizado por los titulares de los derechos.

Además, en caso de que se tenga la autorización, la divulgación de las obras será sólo con fines de conservación “con excepción de las publicaciones cuyos derechos hayan expirado o se ubiquen en las hipótesis de dominio público”.

SCJN

¿Cuáles son las bibliotecas que no podrán poner obras a disposición del público sin previa autorización?

Las bibliotecas sujetas a la Ley General de Bibliotecas que no podrán poner obras a disposición del público sin previa autorización de los titulares de derechos de autor son:

  • Biblioteca de México
  • Biblioteca Nacional
  • Biblioteca del Congreso

¿Qué significa la resolución de la SCJN a las bibliotecas de México? Este hilo te lo explica

El usuario de Twitter Luis Fernando García (@tumbolian), explicó en un hilo qué significa la resolución de la SCJN y porqué bibliotecas no podrán poner obras a disposición del público sin previa autorización.

El usuario en cuestión explicó que fue en 2020 cuando se publica la nueva Ley General de Bibliotecas y se crea el Depósito Legal, mecanismo por el que editores y productores deben entregar ejemplares a las bibliotecas:

  • Biblioteca de México
  • Biblioteca Nacional
  • Biblioteca del Congreso

Esto para su almacenamiento, conservación y consulta pública.

No obstante, señaló que la SCJN dio “dos golpes terribles” a las bibliotecas y el Depósito Legal en contra de la preservación y difusión del acervo cultural en benefició del pueblo de México.

El primer golpe se trataría de la resolución de la SCJN, de impedir que se difundan obras sin la autorización de los titulares de derechos de autor.

Sobre esto, el usuario resaltó que con esto se propicia a que las bibliotecas sufran mayores extorsiones y hostigamiento legal por parte de los “grandes titulares de derechos de autor”.

Además, claro está, de que el acervo cultural disponible de manera digital, se reducirá considerablemente debido a esta medida.

SCJN: Bibliotecas no podrán poner obras a disposición del público sin previa autorización del titular de derechos de autor

El segundo golpe a las bibliotecas por la SCJN, explicó Luis Fernando García, es que la SCJN autorizó que los editores y productores pudieran entregar sus obras con “medidas tecnológicas de protección”.

Lo que significa que “los ejemplares entregados a las bibliotecas depositarias pueden tener ‘candados’ que eviten su copia, transmisión, traducción”.

“Entonces el “depósito legal” y la LGB va a servir de muy poco si a las bibliotecas les dan ejemplares con candados que no pueden romper y además tienen que negociar la autorización para hacer cosas como digitalizar o prestar los libros de su acervo”.

Luis Fernando García
SCJN: Bibliotecas no podrán poner obras a disposición del público sin previa autorización del titular de derechos de autor

Usuario pide salvar a las bibliotecas y la difusión del acervo cultural

Ante esto, el usuario de Twitter resolvió que para salvar las bibliotecas del “disparate de la SCJN”, se requiere lo siguiente:

  1. “El Congreso debe legislar para que, como en muchos países, las bibliotecas tengan excepciones que les permitan hacer su labor de interés público sin necesitar autorización”.
  2. “La SCJN tiene pendiente de resolver la acción de inconstitucionalidad 217/2020 en contra de las reformas a la LFDA de 2020. Debe establecer que es legal que las bibliotecas eludan medidas tecnológicas de protección para llevar a cabo su actividad legal y legítima”.

Cabe mencionar que el usuario Luis Fernando García es director en R3D, la Red en Defensa de los Derechos Digitales, por lo que aseguró que seguirá defendiendo a las bibliotecas.

“Desde @r3dmx seguiremos defendiendo a las bibliotecas y a las posibilidades que las tecnologías digitales ofrecen para que el acceso al conocimiento sea un derecho de todo el pueblo, y no de las élites”.

Luis Fernando García