La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró como inconstitucional enseñar en las escuelas que el “derecho a la vida” abarca desde la concepción; esta fue la ponencia.
Este recurso fue promovido por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en contra de artículo 7, fracción XII de la Ley de Educación del Estado de Nuevo León.
Esto debido a que en dicho artículo se estableció que el “derecho a la vida” va “desde la concepción hasta la muerte natural”, que fue publicado en el Periódico Oficial del gobierno de la entidad en julio 2020.
SCJN declara inconstitucional enseñar que el “derecho a la vida” va desde la concepción
El Pleno de la SCJN decidió por unanimidad que es inconstitucional el “crear conciencia sobre el derecho a la vida, desde la concepción hasta la muerte natural”, lo que intervendría con la educación laica y la libertad de creencia.
Y es que la SCJN discutió la acción de inconstitucionalidad 238/2020 en sesión del Pleno hoy jueves 22 de agosto, asunto que fue presentado por el ministro Javier Láynez Potisek.
De acuerdo con lo que determinaron los ministros que estaban con el proyecto, el concepto de “derecho a la vida” desde la concepción es “adoctrinamiento religioso” y atenta contra el artículo 3 de la Constitución.
Determinaron también que el Congreso de Nuevo León invadió facultades del Gobierno Federal al determinar los planes de estudio, programas que los estatales no pueden alterar.
En esta línea señalan que el Congreso de Nuevo León también invadió las facultades del Congreso de la Unión al definir derechos humanos, como “el derecho a la vida” que debe ser unánime a nivel nacional.
Argumentos de la SCJN referentes al “derecho a la vida desde la concepción” que es inconstitucional
En palabras del ponente, el ministro Javier Láynez Potisek, la definición de “derecho a la vida desde la concepción” busca adoctrinar a niños y adolescentes con ideologías particulares, para evitar una libre decisión sobre su cuerpo.
Por lo mismo, señaló que “el derecho a la vida desde la concepción” no es un mensaje neutral, además de que busca inhibir la salud sexual y reproductiva, tal como indica el artículo de la ley de Nuevo León.
“Los padres y madres tienen derecho a que sus hijos reciban una educación religiosa y moral de acuerdo con sus convicciones.
Pero el enfoque siempre debe estar en la niñez y su derecho a que se respete su libertad de creencias y pensamiento, permitiendo que niñas, niños y adolescentes formen sus propias creencias y valores.
Para ello deben recibir información objetiva, completa y sin sesgos religiosos”.
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Artículo 24 de la Constitución, con referencia a la Fracción I del artículo 3° constitucional
Luis María Aguilar aunque se mostró de acuerdo con la acción de inconstitucionalidad rechazó diversos apartados debido a que el adoctrinamiento no suele ser siempre negativo o rechazado.
Pero sí atenta contra los derechos sexuales y reproductivos de la mujer, además de que “el derecho a la vida desde la concepción” no cumpliría con el ideal de educación neutra.
La SCJN declaró inconstitucional el “derecho a la vida desde la concepción” con unanimidad pero con votación concurrente de diversos apartados, aunque se tomó la decisión de manera definitiva.