La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó que el Ejército esté en las calles para labores de seguridad y desechó las controversias.
Este jueves 25 de mayo, el pleno de la SCJN validó el acuerdo por el cual se dispone la intervención temporal de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública mientras se consolida la Guardia Nacional.
Con mayoría de 9 votos a favor y 2 en contra, la SCJN ratificó la validez del Acuerdo impulsado por el Poder Ejecutivo.
¿Qué validó la SCJN sobre el Ejército en las calles para labores de seguridad?
El pleno de la SCJN resolvió las controversias constitucionales 85/2020, promovida por el municipio de Colima, Colima; y la 87/2020, promovida por el Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán de Ocampo, en contra del Poder Ejecutivo Federal.
Ambas controversias demandaban la invalidez del acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 11 de mayo de 2020 por el que se dispone que las Fuerzas Armadas lleven a cabo tareas de seguridad pública, mientras se consolida la Guardia Nacional.
De acuerdo con esto, el ejército deberá estar en las calles de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria.
Tras un análisis, el pleno de la Corte determinó que el Acuerdo impugnado no invade las competencias de los municipios y del Estado actores, pues el artículo 21 constitucional establece que la seguridad pública es una materia de los tres niveles de gobierno.
Por esto, los y las ministras determinaron que la participación del ejército no implica subordinación, dependencia o intromisión del Poder Ejecutivo Federal.
El pleno retomó las consideraciones sostenidas al resolver la controversia constitucional 90/2020, en la que validó el mismo acuerdo al sostener, entre otros aspectos, “que tal acto no vulnera el principio de división de poderes, en relación con el principio de reserva de ley, además de que se encuentra debidamente fundado y motivado”.
Los ministros opinaron que el acuerdo no normaliza la militarización, ni es una medida que evidenciara una renuncia a la formación de una Guardia Nacional.
“La participación militar se desarrolla en un ámbito coordinado. No había una invasión de competencias y se contemplaba el uso de las Fuerzas Armadas, en un marco de coordinación entre los tres niveles de gobierno”.
Ministra Margarita Ríos Farjat
Quienes votaron en contra fueron los ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá y Luis María Aguilar Morales, ambos por considerar que no cumplía con los criterios establecidos por la propia SCJN para el uso de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública.